Modifica la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, para incorporar el deber de realizar periódicamente un test de detección de uso de sustancias sicotrópicas por las personas que indica - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 942110514

Modifica la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, para incorporar el deber de realizar periódicamente un test de detección de uso de sustancias sicotrópicas por las personas que indica

Fecha de registro22 Agosto 2023
Número de Iniciativa16219-07
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaAraya Lerdo de Tejada, Cristián, Barchiesi Chávez, Chiara, Jürgensen Rundshagen, Harry, Meza Pereira, José Carlos, Moreno Bascur, Benjamín, Ojeda Rebolledo, Mauricio, Romero Leiva, Agustín, Sánchez Ossa, Luis, Schubert Rubio, Stephan, Urruticoechea Ríos, Cristóbal

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL 18.918 DEL CONGRESO NACIONAL PARA

INCORPORAR LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR UN TEST PERIÓDICO DE DETECCIÓN DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS A LAS PERSONAS QUE SE INDICA



  1. FUNDAMENTOS


El consumo de drogas es uno de los flagelos más complejos que debe enfrentar la sociedad, ya que su propagación dentro de la sociedad trae consigo consecuencias nefastas, tanto para la salud de la población como para pacífico desarrollo de la sociedad.


Existe evidencia científica de sobra para sostener con toda claridad que el consumo de drogas en la sociedad va aparejado de un problema de salud pública, asociándose a enfermedades cardiacas, enfermedades pulmonares, embolia, cáncer, hepatitis B o C, entre otras1.


Otro de los asuntos que cobra gran relevancia es la salud mental, ya que el consumo de drogas suele ir de la mano con el desarrollo de una serie de trastornos psicológicos como la ansiedad, la depresión o la esquizofrenia. En este punto no existe claridad en si es el consumo de drogas el que activa estos trastornos o si son estos trastornos los que conducen al consumo de drogas, sea cual sea el caso, estas complejidades se agudizan con el consumo de drogas2.







1 Véase en: https://nida.nih.gov/es/publicaciones/las-drogas-el-cerebro-y-la-conducta-la-ciencia-de-la- adiccion/la-adiccion-y-la-salud

2 Ibid.

Sobran los testimonios de vida que han sido dados a conocer ante la opinión publica que dejan en claro que la adicción a las sustancias estupefacientes y psicotrópicas es causa de lamentables situaciones en la vida de las personas, llevándolas a perder a sus familias, empleos o los deseos de vivir.


De conformidad con cifras de Naciones Unidos serían más de cincuenta millones de personas en el mundo los consumidores de drogas. Este nivel de consumo ha originado que se cree una industria de tráfico en torno a la quienes la consumen y, considerando que la enorme mayoría de ellas son sustancias ilegales, se haya creado una industria criminal que moviliza miles de millones de dólares3.


La industria de la droga ha tenido como consecuencia directa la proliferación de organizaciones criminal cuya magnitud va desde pequeñas bandas hasta carteles transnacionales, algunos de ellos incluso han operado en nuestro país, tal es el caso de Jalisco Nueva Generación, el Tren de Aragua y el Cartel de Sinaloa4.


Uno de los temores más profundos de las familias es la amenaza que estas bandas suponen para ellos, ya sea de manera directa, como la posibilidad de que intenten reclutar a un miembro de su familia –normalmente un menor de edad–, para integrar sus grupos.


Todas estas circunstancias han llevado a que el problema de la droga sea percibido por la ciudadanía como un verdadero flagelo, por lo que es suma importancia que, en un país democrático –vale decir: en que son los ciudadanos quienes eligen a sus representantes–, exista transparencia





3 Véase en: https://www.bbc.co.uk/spanish/extra0006drogastrafico1.htm

4 Véase en: https://www.elmostrador.cl/dia/2022/06/26/monsalve-dice-que-tren-de-aragua-cartel-de- sinaloa-y-jalisco-nueva-generacion-tienen-presencia-o-influencia-en-chile/

absoluta respecto del nivel de vinculación de sus autoridades con el consumo de drogas.


Cabe señalar que el Congreso es una de las instituciones más relevantes para la República, no solo porque se trata del órgano que aprueba las leyes, sino que también porque es la principal instancia de fiscalización del país respecto del poder ejecutivo –en el caso de la Cámara de Diputados–, así como de representación política de los diversos sectores dentro de la sociedad.


Por tanto, no es menor para la ciudadanía saber si su representante es consumidor de sustancias psicotrópicas con la finalidad de poder ponderar este antecedente.


Ya han existido avances en esta materia, como lo es la aprobación en julio de 2022 del “Reglamento sobre Control de Consumo de Drogas en Diputadas y Diputados”,



  1. IDEA MATRIZ


Modificar la Ley Orgánica Constitucional N° 18.918 del Congreso Nacional, con la finalidad de fijar una obligación general para que todos los parlamentarios, así como sus asesores y los funcionarios de comité, deban someterse a una medición periódica de sustancias estupefacientes y psicotrópicas ilegales.

  1. PROYECTO DE LEY


Artículo: Modifíquese la Ley Orgánica Constitucional 18.018 del Congreso Nacional, en el siguiente sentido:


Incorpórese un nuevo artículo 2 A del siguiente tenor:


“Artículo 2 A: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, las siguientes autoridades y funcionarios deberán someterse periódicamente a una medición de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales:


    1. Senadores y diputados en ejercicio.

    2. Asesores parlamentarios, registrados en alguna de las dos corporaciones.

    3. Funcionarios de los comités parlamentarios.


En ningún caso la periodicidad de las mediciones podrá exceder los nueve meses y, en el caso de los senadores y diputados en ejercicios, estos deberán someterse a la medición por lo menos una vez al año.


Los reglamentos de cada corporación se encargarán de regular las obligaciones mencionadas en el presente artículo.”.

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