Modifica la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, para incorporar al Poder Judicial entre las entidades obligadas a remitir la información y antecedentes que le solicite la Cámara de Diputados - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914510484

Modifica la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, para incorporar al Poder Judicial entre las entidades obligadas a remitir la información y antecedentes que le solicite la Cámara de Diputados

Fecha19 Noviembre 2020
Número de Iniciativa13913-07
Fecha de registro19 Noviembre 2020
Autor de la iniciativaAuth Stewart, Pepe, Celis Montt, Andrés, Flores García, Iván, Longton Herrera, Andrés, Pérez Lahsen, Leopoldo, Prieto Lorca, Pablo, Santibáñez Novoa, Marisela, Urrutia Soto, Osvaldo, Velásquez Seguel, Pedro
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
MODIFICA LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO NACIONAL CON EL FIN DE
HACER OBLIGATOIO EL ENVIO DE INFORMACIÓN POR PARTE DEL
PODER JUDICIAL A LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Nuestro país es definido constitucionalmente como un República Democrática,
concepto en el cual existe concepto, toda vez que la manifestación de la misma es que la
soberanía reside en la nación, quien por medio de las elecciones periódicas escoge a sus
autoridades mediante mecanismo de participación electoral masiva e igualitaria.
En esta forma de organización republicana, exige que los entes estatales tengan
independencia los unos de los otros, bajo la lógica histórica de la separación de poderes,
garantizando sobre todo que el organismo judicial, exento del devenir político mantenga su
objetividad, independencia e imparcialidad, características esenciales de una administración
de justicia óptima para una democracia.
En este contexto de organización jurídico-constitucional, debemos entender que
la independencia de los organismos del Estado debe estar acompañada de mecanismo de
control de los mismos, lo que se ha conocido normalmente como frenos y contra pesos (o
mediante la expresión “check and balance” en inglés), manifestación de este control entre
los organismos es que encontramos las acusaciones constitucionales, que a juicio de algunos
extremos doctrinales, debería ser eliminada en cuanto a los magistrados de los tribunales
superiores de justicia, pero sabemos que no es sino un intento de deslegitimar la aplicación
de este tipo de medidas, por su gravedad y por el escrutinio público al cual son expuestos los
jueces que han de someterse a este proceso.
Sostener que la existencia de estas medidas que compensan el poder ejercido por
uno u otro ente estatal es un atentado contra su independencia es desconocer la necesidad de
garantías para los ciudadanos en el contexto de una República Democrática. Pues bien, si el
único mecanismo de control que puede ejercer el parlamento sobre la judicatura es una
medida extrema que puede terminar con la destitución de un magistrado, únicamente de un
tribunal superior, en base al acuerdo político al cual puede arribar el Congreso nacional en
diferentes niveles, se hace necesario avanzar en otras medidas, que permitan a los Poderes
del Estado, detentar por medio de la transparencia y la información, prerrogativas que digan
relación con la generación de controles mutuos.
En la actualidad existen mecanismo que permiten, particularmente a la Cámara
de Diputados y Diputadas ejercer su rol fiscalizador en relación a los organismos de la
Administración Central y Empresa Estatales o con participación del Estado. Herramientas
que permiten ejercer una labor pública de fortalecimiento de los principios de probidad y
transparencia consagrados en nuestra Carta Fundamental.
18-11-2020
21:05

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