Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios, para incluir en la cédula de votación la fotografía del respectivo candidato - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 940232075

Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios, para incluir en la cédula de votación la fotografía del respectivo candidato

Fecha de registro26 Julio 2023
Número de Iniciativa16130-06
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaAhumada Palma, Yovana, Bulnes Núñez, Mercedes, Del Real Mihovilovic, Catalina, Guzmán Zepeda, Jorge, Marzán Pinto, Carolina, Melo Contreras, Daniel, Morales Maldonado, Carla, Pérez Olea, Joanna, Santibáñez Novoa, Marisela, Trisotti Martínez, Renzo



PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N°2 QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY 18.700 SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS PARA QUE LA CÉDULA DE VOTACIÓN INCLUYA LA FOTOGRAFÍA DE LOS CANDIDATOS Y CANDIDATAS CON TAL DE GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD PLENA Y EFECTIVA EN EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.



De conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo prevenido en la ley Nº18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido en el reglamento de la H. Cámara de Diputados y conforme los fundamentos que se reproducen a continuación vengo en presentar el siguiente proyecto de ley:



ANTECEDENTES


La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad contempla en su artículo 29 la participación en la vida política y pública estableciendo: “Los Estados Partes garantizarán a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con los demás”.

En el mismo sentido, la Convención, en igual artículo, insta a los Estado a proveer:

i) La garantía de que los procedimientos, instalaciones y materiales electorales sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar;

  1. La protección del derecho de las personas con discapacidad a emitir su voto en secreto en elecciones y referéndum públicos sin intimidación, y a presentarse efectivamente como

candidatas en las elecciones, ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública a todos los niveles de gobierno, facilitando el uso de nuevas tecnologías y tecnologías de apoyo cuando proceda;

  1. La garantía de la libre expresión de la voluntad de las personas con discapacidad como electores y a este fin, cuando sea necesario y a petición de ellas, permitir que una persona de

su elección les preste asistencia para votar”


En correlación con lo anterior, la ley n° 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, en su artículo primero consagra que el Estado debe asegurar a las personas con discapacidad la igualdad de oportunidades y el disfrute de sus derechos sin discriminación, con el fin de obtener su plena inclusión social.

Ahora bien, siendo Chile un país que ha ratificado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad hace más de 15 años y habiéndose publicado la ley n° 20.422 hace 13 años, es importante hacer un recuento sobre los derechos políticos que se encuentran garantizados por el Estado a las personas con discapacidad.

De esta forma en el año 2012 y por el impulso transversal, en ese entonces, de la Comisión de Superación de la Pobreza de la Cámara de Diputados se presentó el primer voto con sistema Braille que estuvo disponible para las elecciones de alcalde y concejales de ese año y con ello dar mayor autonomía a las personas con discapacidad visual.

Por su parte en junio de 2007 se publica la ley n°20.183 con el objeto de reconocer el derecho a la asistencia en el acto de votar para las personas con

discapacidad, permitiendo ser asistido por una persona mayor de edad y de su confianza y de que se adopten las medidas que sean necesarias para ejercer el derecho a voto. Esto último incluye que las personas sordas y las personas con discapacidad auditiva puedan expresarse a través de la lengua de señas chilena o por escrito que desean hacer uso del voto asistido.

Sin embargo, en el informe anual del Instituto de Derechos Humanos sobre la situación de los Derechos Humanos en Chile año 2013, se observaron ciertos desafíos que esto podría implicar para quienes utilizan el sistema Braille en el voto: “primero, contar con toda la información necesaria incluido el pacto y número de lista de los/as postulantes y segundo, memorizar el código de la candidatura seleccionada para hacer la búsqueda en la plantilla, pues los nombres y apellidos de los/as candidatos/as no forman parte de ella.”1

Por su parte, en el trabajo por impulsar y visibilizar la temática, la organización Líderes con Mil Capacidades lanzó la campaña “voto con foto” en redes sociales, para que las papeletas de votación incluyan una fotografía del candidato o candidata a un lado de su nombre a partir de las próximas elecciones de noviembre (2013). En la página web integradoschile.cl comunican que “Con esta medida se facilitaría el proceso eleccionario a personas con discapacidad intelectual, especialmente a quienes no saben leer ni escribir. También, sería beneficioso para las personas con discapacidad visual y las personas de la tercera edad. De esta manera, todas las personas podrían identificar el rostro de su candidato o candidata preferido para emitir su sufragio informado.”2

Ahora bien, no obstante los estándares internacionales de los cuales Chile es parte y la normativa nacional existente, los problemas que deben sortear las personas con discapacidad para ejercer su derecho a voto hace que se enfrenten a una serie de barreras de entrada. Para ello debemos tener presente, que 1 de cada 5




1 informe anual del Instituto de Derechos Humanos sobre la situación de los Derechos Humanos en Chile año 2013. Página 50.

2 http://www.integradoschile.cl/2013/08/18/elecciones-2013-sumate-a-la-campana-voto-con-foto/

adultos en Chile tiene algún tipo de discapacidad, con un total de 3.291.602 personas con discapacidad de las cuales 587.709 son niños, niñas y adolescentes. Así, según el III Estudio Nacional de la Discapacidad del año 2022 un 36,1% de ellos percibe barreras en la utilización de espacios públicos, un 50% percibe barreras en el transporte público y un 10,6% percibe barreras en los servicio públicos, y son estas barreras las que buscamos eliminar al buscar que la papeleta del voto contenga la foto del candidato, lo que relaciona directamente con el principio de accesibilidad cognitiva como una rama de la accesibilidad universal que como dice la ONG Plena Inclusión de España “La accesibilidad cognitiva es hacer el mundo más fácil de entender”.

3



Adicionalmente, de acuerdo al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) la accesibilidad cognitiva se caracteriza por que los entornos, procesos, actividades, bienes, productos, servicios, objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos permiten la fácil comprensión y la comunicación. Este concepto es el destacado por Olga Berrios representante de accesibilidad de la ONG Plena Inclusión de España, cuando en el 2019 permitió que 200 mil personas pudieran recuperar y ejercer su derecho a voto al señalar en entrevista al medio RTVE de España: “Es una demanda de la sociedad que debería estar en el desarrollo normativo. Los colegios electorales deberían tener un señalización común, de buen tamaño, con papeletas con un diseño fácil de identificar, incluso con fotos de los candidatos”.4

Por ello, también es fundamental incorporar pictogramas y fotografías de los candidatos dentro de los útiles electorales que se establecen en el artículo 61 de la ley que se pretende modificar, a través de papelógrafos impresos dentro de los locales de votación.





3 https://www.plenainclusion.org/discapacidad-intelectual/recurso/accesibilidad-cognitiva/

4 https://www.rtve.es/noticias/20190405/voto-cuenta-lucha-derecho-voto-todas-personas-discapacidad- intelectual/1916900.shtml

En razón de los anterior, es que vengo en presentar el presente proyecto de ley para que en los futuros procesos eleccionarios se incluya la foto del o la candidata en la papeleta, con tal de facilitar y garantizar el acceso pleno y efectivo en el ejercicio de los derechos políticos de las personas con discapacidad.



PROYECTO DE LEY



Modifíquese el Decreto con Fuerza de Ley n°2 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley n° 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios de la siguiente manera:

ARTICULO UNICO:


    1. Agrégase en el artículo 23 un inciso tercer nuevo pasando el actual a ser cuarto y así sucesivamente del siguiente tenor:

Asimismo, la cédula deberá llevar impresa una fotografía del candidato o

candidata al lado, sobre o debajo de su nombre.”



    1. Agrégase en el artículo 25 un inciso segundo nuevo pasando el actual a ser tercero y así sucesivamente del siguiente tenor:

Asimismo, la cédula deberá llevar impresa una fotografía del candidato o candidata al lado, sobre o debajo de su nombre.”



    1. Agrégase en el artículo 26 un inciso segundo nuevo del siguiente tenor:


Asimismo, la cédula deberá llevar impresa una fotografía del candidato o candidata al lado, sobre o debajo de su nombre.”

    1. Modificase el artículo 29 de la siguiente manera:


      1. Reemplazase en el inciso primero la frase: “los no videntes” por la siguiente nueva frase: “las personas con discapacidad visual”.

      2. Reemplazase en el inciso segundo la frase: “no videntes” por la siguiente nueva frase: “que sean persona con discapacidad visual”.

    1. Agrégase en el inciso primero artículo 30 a continuación la palabra: “sufragará”, reemplazando el punto seguido por una coma, la siguiente nueva frase: “, e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR