Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional Sobre votaciones populares y escrutinios, para establecer cuotas de género en la presentación de candidaturas para la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República
Fecha | 17 Diciembre 2019 |
Número de Iniciativa | 13126-07 |
Fecha de registro | 17 Diciembre 2019 |
Autor de la iniciativa | Álvarez Ramírez, Sebastián, Bellolio Avaria, Jaime, Cruz-Coke Carvallo, Luciano, Kast Sommerhoff, Pablo, Molina Magofke, Andrés, Undurraga Gazitúa, Francisco |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional Sobre votaciones populares y escrutinios, para establecer cuotas de género en la presentación de candidaturas para la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República
Boletín N°13126-07
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República, lo prevenido en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido en el reglamento de la H. Cámara de Diputados y conforme a los fundamentos que se indican a continuación, vengo en presentar la siguiente moción.
I. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA
El día 15 de noviembre del 2019 se llegó a un acuerdo por la gran mayoría de los presidentes de partidos políticos, así como parlamentarios de estos mismos partidos, para dar inicio a un nuevo proceso constituyente. En éste se contempla la realización de un plebiscito en el mes de abril para que la ciudadanía se pronuncie respecto a si aprueba o rechaza iniciar un proceso para que nuestro país se puede dotar de una nueva Carta Fundamental.
Uno de los aspectos que ha suscitado más debate ha sido cómo lograr que este proceso, y la integración del órgano encargado de redactar esta nueva constitución, tenga una mayor presencia femenina y pueda reflejar correctamente la composición de nuestra sociedad, donde el género femenino representa más de la mitad de la población.
Es un hecho de la causa que la presencia femenina en política es muy baja. Sin perjuicio de la reforma a nuestra legislación electoral del año 2015, que puso fin al sistema electoral binominal e incorporó por primera vez normas para fortalecer y fomentar la participación de la mujer en política, el porcentaje de mujeres en el Congreso chileno sigue siendo bajo. Hasta el día de hoy Chile tiene tan solo un 22,6% de mujeres en el Congreso, muy por debajo de países vecinos como Perú (27,7%), Argentina (38,9%), Costa Rica (45,6%), o México (48,2%).
La legislación chilena contempla cuotas que buscan, en el mediano y largo plazo, equiparar la posición de las mujeres en la política, específicamente en el Congreso Nacional. Sin perjuicio de lo anterior, este criterio paulatino y con visión de largo plazo genera problemas para un evento especial y trascendental como el Proceso Constituyente. La redacción de la nueva norma fundamental que regirá y guiará a nuestro país por las próximas décadas tiene que ser redactada por un órgano dotado de legitimidad, y es difícil sostener que un órgano con una composición de género similar a la de nuestro actual Congreso Nacional pueda entenderse como legítimo por la ciudadanía, que exige una mayor paridad de género y lo ha transformado en una demanda fundamental.
II. OBJETO DEL PROYECTO
La finalidad de este proyecto es incorporar un régimen de cuotas de género distinto al que contempla la actual Ley de Votaciones y Escrutinios para el proceso de elección de Convencionales...
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