Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para perfeccionar el sistema electoral en relación con la obligatoriedad del voto y la participación como vocales de mesa de personas mayores de 70 años - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 1027797835

Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para perfeccionar el sistema electoral en relación con la obligatoriedad del voto y la participación como vocales de mesa de personas mayores de 70 años

Fecha de registro20 Marzo 2024
Número de Iniciativa16672-06
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaAhumada Palma, Yovana, Calisto Águila, Miguel Ángel, Castro Bascuñán, José Miguel, Olivera De La Fuente, Erika, Pérez Olea, Joanna, Pérez Cartes, Marlene, Pino Fuentes, Víctor Alejandro, Saffirio Espinoza, Jorge



PROYECTO DE LEY, QUE MODIFICA DFL 2, QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº18.700, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, CON EL OBJETO DE PERFECCIONAR EL SISTEMA ELECTORAL CHILENO, EN LO QUE SE REFIERE A LA OBLIGATORIEDAD DE VOTO DE LOS ADULTOS MAYORES Y PARTICIPACIÓN EN CALIDAD DE VOCAL DE MESA.

H. DIPUTADO VICTOR PINO FUENTES.





  1. PREÁMBULO:



El presente proyecto de ley, es impulsado por la H. Diputado Víctor Pino Fuentes, como respuesta a la necesidad imperante de mejorar el sistema electoral chileno. Reconociendo la importancia vital de las elecciones justas y transparentes para fortalecer nuestra democracia y garantizar la representación legítima de la voluntad popular. De esta manera, haciendo eco de su compromiso de trabajar incansablemente para promover reformas que prioricen el respeto por nuestros electores y que aseguren que sus voces sean escuchadas y que sus derechos sean protegidos en todo momento.

Proteger la democracia es fundamental, por esta razón, construir un sistema electoral sólido, que propicie el respeto hacia los ciudadanos adultos mayores y a quienes han cumplido su deber cívico como vocales de mesa, son problemáticas que debemos subsanar. Por esta razón, el Diputado Víctor Pino Fuentes presenta este proyecto de ley para acercarnos a la construcción de un sistema electoral más justo, respetuoso, inclusivo y democrático para todos los chilenos.

  1. CONSIDERANDO:


Que, nuestros adultos mayores representan una parte fundamental de nuestra sociedad y han dedicado décadas de sus vidas al trabajo, al cuidado de sus familias y al desarrollo de nuestra nación. Su experiencia y sabiduría son invaluables, y debemos honrar su contribución a nuestra sociedad, garantizándoles el respeto y la dignidad que se merecen. Entonces, en el contexto de los procesos electorales, es importante considerar que muchos adultos mayores pueden enfrentar desafíos adicionales para ejercer su derecho al voto. La movilidad reducida, las condiciones de salud y otros factores relacionados con la edad pueden dificultar su participación en el proceso electoral. Es crucial, entonces, que como sociedad reconozcamos estas limitaciones y tomemos medidas para garantizar que todos los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto de manera efectiva y sin obstáculos, pero respetando la realidad y comprendiendo las dificultades que enfrentan muchos adultos mayores que han sido parte activa de la construcción democrática de nuestra nación.

Es por eso que los adultos mayores de 70 años no deben estar sujetos a multas por no asistir a emitir su voto. Esta medida no solo reconoce los desafíos específicos que enfrentan nuestros mayores, sino que también promueve un enfoque más compasivo y equitativo hacia quienes han dedicado tanto a nuestra sociedad.

Al eximir a los adultos mayores de 70 años de las multas por no votar, estamos enviando un mensaje claro de respeto y reconocimiento hacia ellos. Estamos diciendo que valoramos su contribución pasada, presente y futura, y que entendemos que su participación en el proceso electoral puede estar condicionada por circunstancias que escapan a su control.I






I https://www.meganoticias.cl/dato-util/386844-plebiscito-de-salida-voto-obligatorio-adultos-mayores- multas-por-no-votar-excusas-servel-19-8-2022.html

Además, esta medida también tiene un impacto práctico positivo. Al no penalizar a los adultos mayores por no votar, estamos evitando poner una carga adicional sobre ellos y sus familias. Estamos asegurando que no tengan que preocuparse por sanciones financieras que podrían afectar su calidad de vida.II

Teniendo en claro la importancia de los procesos electorales, el respeto y valor de la contribución de los adultos mayores en el crecimiento de nuestro país, debemos considerar que la función de los vocales de mesa es crucial, para garantizar la transparencia y la legitimidad de los comicios. Sin embargo, es necesario establecer que algunos grupos de la población, como los adultos mayores, pueden enfrentar dificultades para cumplir con esta responsabilidad debido a su edad y condiciones de salud. Por tanto, es correcto establecer la liberación de los adultos mayores, sobre los 70 años, de la obligación de ejercer como vocal de mesa en los procesos electorales, en aras de garantizar su bienestar y respetar sus derechos.

La vulnerabilidad de los adultos mayores, especialmente aquellos mayores de 70 años, puede dificultar su participación activa en actividades que requieran un esfuerzo físico o mental prolongado, como es el caso de ser vocal de mesa en un proceso electoral. Es importante reconocer que el ejercicio de esta función puede representar una carga excesiva para los adultos mayores, poniendo en riesgo su bienestar y salud.

Si bien es cierto que la participación cívica es un deber de todos los ciudadanos, también es importante reconocer el aporte que los adultos mayores han realizado a lo largo de sus vidas a la sociedad. Muchos de ellos han trabajado y contribuido al desarrollo del país durante décadas, y es justo que en esta etapa de sus vidas se les brinde la posibilidad de descansar y disfrutar de su merecido tiempo libre. Liberarlos de la obligación de ser vocales de mesa es un acto




II https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/consumidores/inflacion/costo-de-vida-para-adultos-mayores- aumento-13-4-en-2022/2023-01-11/184235.html

de reconocimiento y respeto hacia su trayectoria y contribución a la comunidad.

Considerando el respeto que debemos otorgar a nuestros adultos mayores en los procesos eleccionarios, debemos así mismo considerar las condiciones de nuestros electores quienes son el eje central de los procesos democráticos. En este sentido, la función de vocal de mesa es una responsabilidad crucial para garantizar la transparencia y la legitimidad de las elecciones. Sin embargo, es necesario encontrar un equilibrio entre el deber cívico y los derechos individuales de los ciudadanos. En este sentido, se propone establecer que el ejercicio de la función de vocal de mesa pueda ser exigido en carácter de obligatorio, solamente por cuatro ocasiones en la vida de cada ciudadano, a menos que este decida libre y espontáneamente ofrecerse como voluntario para ejercerlo en algún proceso eleccionario del país. Esta medida busca garantizar la participación ciudadana sin imponer una carga excesiva sobre los individuos, respetando su libertad y autonomía.III

El deber cívico y participación ciudadana en los procesos electorales es fundamental en cualquier sociedad democrática. El ejercicio del voto y la colaboración en la organización de las elecciones son responsabilidades que aseguran la representatividad y la legitimidad de los gobiernos y las instituciones. La función de vocal de mesa es una de las formas en que los ciudadanos pueden contribuir directamente a este proceso, garantizando la transparencia y el buen desarrollo de las elecciones. Pero, aunque el deber cívico es importante, también es necesario respetar los derechos individuales de los ciudadanos, incluido su derecho a la libertad y autonomía. Imponer de manera excesiva la obligación de ser vocal de mesa por 4 años, sin importar las veces que ocurra en ese periodo, es percibido como una carga excesiva para algunos ciudadanos, especialmente aquellos que, por razones de salud, edad u otras circunstancias



III https://www.theclinic.cl/2023/12/17/el-joven-que-ha-sido-ocho-veces-vocal-de-mesa-plebiscito- constitucional/

personales, no puedan cumplir adecuadamente con esta responsabilidad. Entonces, establecer un límite de cuatro ocasiones en la vida de cada ciudadano para ejercer como vocal de mesa permite balancear el deber cívico con el respeto a los derechos individuales, evitando que la obligación se convierta en una carga injusta.IV

Entonces es claro establecer que, al limitar la obligación de ser vocal de mesa a cuatro ocasiones en la vida de cada ciudadano, se fomenta la participación voluntaria en la función electoral. Aquellos ciudadanos que estén dispuestos y en condiciones de colaborar como vocales de mesa podrán hacerlo de manera voluntaria en las elecciones en las que no estén obligados, lo que podría contribuir a una mayor implicación de la ciudadanía en el proceso electoral. La participación voluntaria como vocal de mesa es más efectiva y significativa, ya que refleja un compromiso genuino con la democracia y sus principios.V

En consecuencia, quienes suscriben el presente proyecto comprenden a cabalidad la necesidad de que los adultos mayores de 70 años, se encuentren eximidos del pago de multas por no ejercer su voto, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR