Modifica la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 18.883, Que aprueba Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, en materia de capacitación de los concejales, cumplimiento de requisitos de la planta de directivos, y para aumentar las facultades de fiscalización del concejo al interior de los municipios - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914505901

Modifica la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 18.883, Que aprueba Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, en materia de capacitación de los concejales, cumplimiento de requisitos de la planta de directivos, y para aumentar las facultades de fiscalización del concejo al interior de los municipios

Fecha25 Julio 2019
Fecha de registro25 Julio 2019
Número de Iniciativa12844-06
EtapaArchivado
MateriaESTATUTO ADMINISTRATIVO DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
Autor de la iniciativaBrito Hasbún, Jorge, Castillo Muñoz, Natalia, Crispi Serrano, Miguel, Jackson Drago, Giorgio, Pérez Salinas, Catalina, Vidal Rojas, Pablo
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

Modifica la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 18.883, Que aprueba Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, en materia de capacitación de los concejales, cumplimiento de requisitos de la planta de directivos, y para aumentar las facultades de fiscalización del concejo al interior de los municipios



Boletín N° 12844-06



  1. FUNDAMENTOS Y CONTENIDO

Resulta innegable que la percepción ciudadana sobre el quehacer público y político da cuenta de un repudio social generalizado, producto, entre otras cosas, de la proliferación en la última década, de decenas de casos de corrupción municipal, administraciones negligentes, conflictos de interés, y otras tantas situaciones que evidencian los vacios que existe en regulación de la gestión de las municipalidades.

Los municipios ocupan un rol esencial en la relación del poder público con las personas, puesto que son los gobiernos locales y su adecuada gestión, quienes impactan de manera más próxima en las condiciones de las vidas de las personas, mediante la provisión de una gran cantidad de servicios y prestaciones a la comunidad.

Las municipalidades son tan diversas como diversos son los territorios de nuestro país, y también lo son sus ingresos, en ocasiones en extremo disimiles. Pero sin perjuicio de ello, o de la fuerza política que gobierne en un periodo de tiempo determinado la municipalidad respectiva, lo cierto es que un municipio negligentemente administrado, con recursos públicos desperdiciados o mal utilizados, servirá de poco o nada a los vecinos y vecinas de la comuna.

Son múltiples los factores que inciden en una buena o mala administración. Luego, en ocasiones se arrastran las consecuencias de administraciones deficientes anteriores que han comprometido por muchos años el patrimonio municipal. Y si bien la administración financiera es fundamental, no es el único elemento determinante. También lo son la discrecionalidad con que actúe el alcalde y la efectividad del concejo municipal para fiscalizarlo; la existencia de personal profesional idóneo y capacitado; el cumplimiento de los estándares legales de transparencia, entre otras, son también piezas claves de la gestión municipal.

La Ley 20.922, que reformó las plantas municipales, introdujo diversas reformas necesarias que contribuyeron a elevar este estándar. Lamentablemente, el nivel de profesionalización continúa siendo bajo. Aumentar la profesionalización de la gestión municipal se erige así, como uno de los grandes desafíos en materia de municipios y lucha contra la corrupción.

Desde la otra vereda, el concejo municipal es el órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de ejercer las facultades que la ley les señala. Y sin perjuicio de que la Contraloría General de la República sea el órgano técnico de control de las municipalidades, lo cierto es que los concejales municipales son quienes más próximamente pueden advertir las irregularidades que se susciten en la gestión municipal, cuando le es posible ejercer sus facultades de forma efectiva. Lo anterior, sin embargo, no siempre se concreta, habida cuenta de la facilidad con que los ediles pueden burlar dichas atribuciones.

Por lo anterior, y advirtiendo que existen aún muchos espacios en nuestra legislación que permiten dar espacio a conductas poco probas que impactan de forma negativa en la administración de las municipalidades, es que el presente proyecto de ley viene en realizar las siguientes propuestas para perfeccionar la gestión municipal, elevando su estándar de profesionalización y fortaleciendo las facultades fiscalizadoras con las que cuenta el concejo municipal.

  1. Regularización de deudas municipales

No es raro encontrar Municipios que se encuentran permanentemente endeudados o en déficit financiero. Lo anterior puede obedecer a diversas circunstancias, como malas administraciones previas, pocos recursos o mala gestión de los mismos. Por ello, se propone establece la posibilidad de que el concejo solicite al alcalde un plan pormenorizado de saneamiento de la deuda municipal, con el fin de que este conozca, de forma detallada, de qué forma se regularizará la deuda municipal.

  1. Posibilidad de solicitar auditoría externa al finalizar el periodo alcaldicio.

Actualmente la ley permite al concejo municipal solicitar una auditoría externa, al inicio de la gestión municipal de un alcalde. A su vez, se establece la obligación para el...

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