Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para eximir a los vehículos de los Cuerpos de Bomberos y otros vehículos de emergencia del cumplimiento de las condiciones técnicas que indica
Fecha | 06 Junio 2018 |
Número de Iniciativa | 11787-22 |
Fecha de registro | 06 Junio 2018 |
Etapa | Tramitación terminada Ley N° 21.137 (Diario Oficial del 06/02/2019) |
Materia | CUERPO DE BOMBEROS DE CHILE, VEHÍCULOS DE EMERGENCIA |
Autor de la iniciativa | Berger Fett, Bernardo, Bobadilla Muñoz, Sergio, Carvajal Ambiado, Loreto, Galleguillos Castillo, Ramón, Mellado Pino, Cosme, Monsalve Benavides, Manuel, Ortiz Novoa, José Miguel, Rathgeb Schifferli, Jorge, Santana Castillo, Juan, Vidal Rojas, Pablo |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para eximir a los vehículos de los Cuerpos de Bomberos y otros vehículos de emergencia del cumplimiento de las condiciones técnicas que indica
Boletín N°11787-22
Los Cuerpos de Bomberos de Chile, son corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, quienes en conjunto con la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, forman el Sistema Nacional de Bomberos, todos dotados de personalidad jurídica y tiene el carácter de "servicio de utilidad pública".
El artículo 2° de La Ley 20.564, establece que los distintos Cuerpos de Bomberos del país, deberán atender gratuita y voluntariamente, las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, tales como, incendios, accidentes de tránsito u otras.
En la actualidad varios Cuerpos de Bomberos se han visto enfrentado a una situación compleja en relación a la obtención de la respectiva revisión técnica de sus vehículos motorizados, no pudiendo obtenerla o en otros casos obteniéndolas con prohibición de la circulación de éstos en determinadas regiones del país.
Si bien el rechazo de la respectiva revisión técnica y/o la prohibición de circulación al ser catalogado con "sello rojo" es una situación concordante con la ley vigente, particularmente con las normas reglamentarias que regulan, entre otros, las características técnicas y de emisión de los vehículos motorizados, constituye una situación de gravedad en relación al servicio que otorgan los Cuerpos de Bomberos del país. Pues en definitiva, los vehículos de emergencia de propiedad de Bomberos de Chile, que concurre a salvar vidas y bienes, tanto públicos como privados, son indispensables para poder cumplir con la labor encomendada a estos de proteger la vida y bienes frente a los riesgos de incendios y otros siniestros.
Por las especiales características técnicas de algunos vehículos, en atención a las prestaciones que brindan en las distintas emergencias, como por ejemplo las escalas telescópicas, brazos hidráulicos, carros bomba y camiones cisternas, los carros de rescate u otros deben en nuestra opinión tener una regulación especial y distinta en relación al resto de los vehículos motorizados que forman el parque automotriz de nuestro país. Parece de toda...
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