Modifica la ley N° 20.000, para exigir a las instituciones comerciales que informen las transacciones realizadas cuyo objeto sean precursores o sustancias químicas esenciales en la elaboración de drogas. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914518141

Modifica la ley N° 20.000, para exigir a las instituciones comerciales que informen las transacciones realizadas cuyo objeto sean precursores o sustancias químicas esenciales en la elaboración de drogas.

Fecha25 Noviembre 2014
Número de Iniciativa9739-11
Fecha de registro25 Noviembre 2014
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Salud
Autor de la iniciativaBarros Montero, Ramón, Coloma Alamos, Juan Antonio, Hasbún Selume, Gustavo, Hernández Hernández, Javier, Kast Rist, José Antonio, Morales Muñoz, Celso, Norambuena Farías, Iván, Trisotti Martínez, Renzo, Van Rysselberghe Herrera, Enrique, Ward Edwards, Felipe
MateriaABUSO DE DROGAS, DROGAS Y ESTUPEFACIENTES, ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, PRECURSORES QUÍMICOS, SUSTANCIAS QUÍMICAS ESENCIALES, TRANSACCIONES COMERCIALES
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.000, PARA EXIGIR A LAS INSTITUCIONES COMERCIALES QUE INFORMEN LAS TRANSACCIONES REALIZADAS CUYO OBJETO SEAN PRECURSORES O SUSTANCIAS QUÍMICAS ESENCIALES EN LA ELABORACIÓN DE DROGAS.

BOLETÍN N° 9739-11.

El fenómeno delincuencial, sin dudas, constituye una temática de las más alta importancia para nuestro país, la consagración últimamente de una nueva institucionalidad en materia de seguridad ciudadana, con la creación del nuevo Ministerio del Interior y Seguridad Pública o la reformulación del Consejo Nacional de Control de Estupefacientes (CONACE) al Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación (SENDA), por su parte la implementación de toda una agenda corta anti delincuencia impulsada hace algunos años, refleja que este asunto constituye un foco de preocupación no sólo para las autoridades políticas y sociales de nuestro país, sino que además de la ciudadanía, considerada en su conjunto.

Que uno de los factores generadores de la delincuencia es la drogadicción, que más allá de revestir su consumo y posesión en un ilícito penal, constituye un problema de orden social y quien la padece merece de un tratamiento de rehabilitación como toda patología clínicamente diagnosticada. Bajo esta lógica, se erige como una necesidad pública la consagración, más que de normas represoras, de políticas públicas de prevención, cuya finalidad sea inhibir eficientemente las perniciosas consecuencias que acarrea su consumo en la sociedad y particularmente en los jóvenes.

Nuestro país, registra un índice elevado de consumo, no solamente de alcohol, sino que también de drogas y sustancias estupefacientes principiando por la marihuana, coartando la posibilidad de vastos sectores de la sociedad de su plena realización material y espiritual. En este sentido constituye incluso una obligación del Estado, en orden a lo prescrito en el inciso 4° del artículo de nuestra Constitución, la que establece que “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad...

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