Modifica la ley N° 20.370, General de Educación, estableciendo un reconocimiento oficial del Estado a las salas cunas y jardines infantiles.
Fecha | 10 Julio 2012 |
Número de Iniciativa | 8428-04 |
Fecha de registro | 10 Julio 2012 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Girardi Lavín, Cristina, Gutiérrez Pino, Romilio, Hernández Hernández, Javier, Hoffmann Opazo, María José, Moreira Barros, Iván, Pérez Lahsen, Leopoldo, Rojas Molina, Manuel, Sandoval Plaza, David, Vilches Guzmán, Carlos, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón |
Materia | JARDINES INFANTILES, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, RECONOCIMIENTO DEL ESTADO, SALAS CUNAS |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
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Modifica la ley N° 20.370, General de Educación, estableciendo un reconocimiento oficial del Estado a las salas cunas y jardines infantiles 9 Boletín N° 8428-04 |
El desarrollo de los sistemas de salas cunas y jardines infantiles ha representado desde un punto de vista histórico, uno de los anhelos más significativos de las personas, constituyen su surgimiento una meta alcanzada a través de ingentes luchas sociales generándose con su establecimiento, proliferación y desarrollo importantes y beneficiosos efectos para la sociedad en general.
A mayor abundamiento las externalidades' positivas que implican un sistema legal serio en materia de salas cunas y jardines infantiles estriban no solamente en el ámbito estrictamente educacional, sino que además se desdobla en ámbitos tan importantes para la sociedad como es el trabajo femenino, un desarrollo más intenso de nuestra economía, lo que posibilita un desenvolvimiento más armónico de nuestra sociedad.
Así las cosas la implementación de políticas acordes que impulsen el desarrollo profundo de esta actividad constituye una medida necesaria para hacer de nuestro país una sociedad con más oportunidades para las personas en materia de educación.
Pensamos que precisamente una de las medidas destinadas a incentivar el desarrollo en materia de salas cunas y jardines infantiles lo constituye, sin lugar a dudas, mejorar o perfeccionar la institucionalidad de tales establecimientos educacionales.
En efecto, a diferencia de lo que acontece con los demás establecimientos de educación, las salas de cunas y jardines infantiles, no cuentan con un criterio similar en materia de reconocimientos oficial por parte de las autoridades educacionales de nuestro país.
Lo anterior, sin lugar a equívocos, puede eventualmente generar nefastas consecuencias en el funcionamiento de estos centros educativos, habida consideración de la escasa reglamentación existente en la materia. Bajo este orden de cosas las deficiencias existentes en la legislación actual en materia de salas cunas y jardines infantiles es realmente importante que debiera incentivar a los legisladores a introducir urgentes modificaciones a la institucionalidad existente en la materia.
Es así como los requisitos para la incorporación de salas cunas y jardines infantiles en nuestro país son casi irrisorios y en muchos casos sin guardar consonancia con la finalidad educativa que imparten estos establecimientos en Chile. Efectivamente para establecer tales centros no se requiere presentar un proyecto educativo que sustente los lineamientos de tales establecimientos,
ni tampoco contar con requisitos en cuanto a personal idónea o infraestructura.
Lo anterior evidentemente requiere de modificaciones legales que permitan reconocer a tales instituciones en cuanto a su proyecto educativo, como asimismo la existencia de un personal estrictamente capacitado en las competencias que demanda el cuidado y la educación preescolar en nuestro país.
Es por lo anterior que el presente proyecto de ley tiene por objeto que tales instituciones cuenten con un reconocimiento oficial de parte de la autoridad competente destinado no sólo a establecer los...
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