Modifica la ley N° 20.370, que Establece ley General de Educación, para incorporar la prevención del bullying o acoso virtual escolar y aumentar la sanción a las infracciones que atentan contra derechos y deberes que indica - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502273

Modifica la ley N° 20.370, que Establece ley General de Educación, para incorporar la prevención del bullying o acoso virtual escolar y aumentar la sanción a las infracciones que atentan contra derechos y deberes que indica

Fecha05 Junio 2018
Número de Iniciativa11784-04
Fecha de registro05 Junio 2018
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Segundo informe de comisión de Hacienda
MateriaCIBERACOSO, CIBERBULLYING, SUICIDIO
Autor de la iniciativaAlinco Bustos, René, Carvajal Ambiado, Loreto, Espinoza Sandoval, Fidel, Flores García, Iván, Garín González, Renato, Hernando Pérez, Marcela, Mellado Pino, Cosme, Meza Moncada, Fernando, Pérez Salinas, Catalina, Sepúlveda Soto, Alexis
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción







Modifica la ley N° 20.370, que Establece ley General de Educación, para incorporar la prevención del bullying o acoso virtual escolar y aumentar la sanción a las infracciones que atentan contra derechos y deberes que indica

Boletín N°11784-04

Considerando



La violencia escolar es un tema crítico que afecta al segmento más joven de la población en una etapa importante de la vida como lo es su crecimiento e integración en la sociedad. Debido a la importancia que tiene el tema es que el año 2011 se regula la “Violencia Escolar”, el cual incorpora los conceptos de sana convivencia y acoso escolar a nuestra legislación, mandata a cada miembro de la comunidad estudiantil a ser responsables de la sana convivencia de la comunidad y a las autoridades del establecimiento educacional a actuar en aquellos casos en que un o una estudiante de la comunidad vea afectada su integridad física o psíquica.

La importancia de que el establecimiento educacional actúe oportunamente en casos de violencia escolar es enorme, pues con ello primero se puede detener la violencia y vulneración de derechos que está sufriendo un o una estudiante otorgándole protección, y además, se tiene la oportunidad de concientizar y educar a quien o quienes están actuando con violencia contra un compañero o compañera de su establecimiento.

Pero ¿Qué pasa cuando el establecimiento hace caso omiso a lo que está sucediendo entre sus estudiantes? la violencia continúa, deteriorando el estado sicológico y emocional de la víctima que en los casos más críticos ha llegado al suicidio.

Que nuestros niños, niñas y adolescentes estén considerando el suicidio como opción para escapar de una realidad que no pueden soportar pudiendo ser otra si las autoridades responsables hubiesen estado más alerta, cumpliendo los protocolos exigidos en la ley 20.370 y el DFL 2 del año 2010, o la ley 20.536 que señala en su Artículo 16 B que:


Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o...

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