Modifica la ley N° 19.496, para exigir que los vendedores de vehículos usados exhiban al adquirente el historial de siniestros que los han afectado - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 972874902

Modifica la ley N° 19.496, para exigir que los vendedores de vehículos usados exhiban al adquirente el historial de siniestros que los han afectado

Fecha de registro13 Diciembre 2023
Número de Iniciativa16495-03
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaBobadilla Muñoz, Sergio, Bravo Salinas, Marta, Carter Fernández, Álvaro, Coloma Alamos, Juan Antonio, Cornejo Lagos, Eduardo, Donoso Castro, Felipe, Labbé Martínez, Cristian, Lilayu Vivanco, Daniel, Martínez Ramírez, Cristóbal, Weisse Novoa, Flor




MODIFICA LA LEY DEL CONSUMIDOR PARA EXIGIR A CONCESIONARIAS Y VENDEDORES PARTICULARES EXHIBIR HISTORIAL DE SINIESTROS DE


VEHÍCULOS



I. IDEAS GENERALES.


Con el correr de los años y los avances en el acceso a la información, las personas han tomado mayor conciencia acerca de la relevancia de contar con la mayor información posible a la hora de tomar una decisión, la que repercute en la regularidad de las relaciones jurídicas y económicas, existente en una sociedad.

Hoy en día, la información representa un valor sumamente preciado en el Chile, lo que repercute con gran intensidad en ámbitos como los regulados en la ley del Consumidor, la cual además cuenta con normas que garantizan el acceso a la información por parte de los consumidores, erigiendo al mismo tiempo, en una obligación para los distintos oferentes de bienes y servicios existentes en nuestro país.

De acuerdo a lo indicado en la ley 19.496, sobre protección de los derechos del consumidor, la información básica comercial se regula como aquellos “datos, instructivos, antecedentes o indicaciones que el proveedor debe suministrar obligatoriamente al público consumidor, en cumplimiento de una norma jurídica.”, ofreciéndose al público por medios que aseguren un “acceso claro, expedito y oportuno. Respecto de los instructivos de uso de los bienes y servicios cuyo uso normal represente un riesgo para la integridad y seguridad de las personas, será obligatoria su entrega al consumidor conjuntamente con los bienes y servicios a que acceden.”



II.- CONSIDERANDO.


1.- Que, en lo relativo a la venta de vehículos usados, en nuestro país han ocurrido diversos casos en que el sistema se ha prestado para la comisión de actos tendientes a defraudar a los adquirentes mediante la entrega de una información falsa o incompleta, respecto del verdadero estado del automóvil.

2.- Que, la concurrencia de obligaciones de información con que cuenta el adquirente resulta insuficiente para prevenir estas conductas dolosas, lo cual demuestra un claro vacío legislativo que debe ser reparado en beneficio de miles de personas en Chile.

3.- Que, así las cosas, la penalización por la adulteración del odómetro u otros actos fraudulentos que ocasionan daño a la fe pública, constituyen iniciativas que van en la dirección correcta en torno a promover mayores estándares de probidad en la ejecución de tales actos.

4.- Que, uno de los elementos que debe tomar en consideración todo individuo que compra un vehículo usado es el hecho de que, si un vehículo en particular ha protagonizado un siniestro y la gravedad del mismo, con la finalidad que pueda hacer una completa evaluación de todos y cada una de las condiciones mecánicas del automóvil. Conocer la historia de un vehículo, como de todo bien que se adquiere, constituye un elemento de la máxima importancia que debe estar a plena disposición del adquirente.

5.- Que, en la actualidad, sitios web como autofact.cl y el de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ofrecen a los adquirientes plataformas para que el adquiriente pueda conocer y seleccionar información semestral detallada sobre el número de vehículos asegurados; siniestros reportados; tiempos (número de días) de reparación por compañía, marca del vehículo, magnitud del daño; y talleres de reparación vigentes en el país, de manera tal que el adquirente pueda tener mayor información en relación al vehículo que desea adquirir.



III.- CONTENIDO DEL PROYECTO.


De acuerdo a lo indicado, el presente proyecto de ley modifica la Ley del Consumidor con el objeto de establecer que el vendedor particular o la concesionaria a cargo de vender un vehículo usado, entregue al adquiriente un informe que contenga el historial del número de...

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