Modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en materia de publicidad de proyectos inmobiliarios que aseguren una vista asociada. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914508177

Modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en materia de publicidad de proyectos inmobiliarios que aseguren una vista asociada.

Fecha14 Mayo 2012
Fecha de registro14 Mayo 2012
Número de Iniciativa8300-03
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaPérez San Martín, Lily
MateriaCONSUMIDORES, PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR, PROYECTOS INMOBILIARIOS, PUBLICIDAD
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley



Boletín N° 8.300-03


Proyecto de ley, iniciado en moción de la Honorable Senadora señora Lily Pérez San Martín, que modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en materia de publicidad de proyectos inmobiliarios que aseguren una vista asociada.


I.- CONSIDERACIONES


En el mercado inmobiliario, es una práctica publicitaria habitual, ofrecer viviendas con prestaciones que resultan atractivas para los consumidores, pero las mismas son ajenas a las características de diseño y construcción que dependen de la voluntad de la inmobiliaria que las publicita.


Se trata de condiciones que derivan de condiciones urbanísticas de hecho, como la vista de una unidad inmobiliaria o la tranquilidad de un barrio en el que se ubica una unidad habitacional y por tanto, están completamente desvinculadas de la gestión inmobiliaria. Atributos como estos, son ofrecidos y explotados publicitariamente por las inmobiliarias y muchas veces estos son factores determinantes de adquisición para los consumidores, concurriendo éstos a hacerse de aquellos atraídos por las especiales características ofrecidas, las que los consumidores entienden inherentes a las propiedades que adquieren.


Una de estos especiales atributos es la llamada “vista”. Es usual que las inmobiliarias que desarrollan proyectos que gozan de esta “vista”, centren sus campañas publicitarias en ello destacando estas características en las ofertas a los consumidores sin advertirles que la permanencia de la condición está sujeta a factores externos que no dependen de la voluntad de los vendedores y por tanto estos no pueden asegurar su permanencia en el tiempo, pudiendo ocurrir por ejemplo, que se construya otro proyecto por parte de otra inmobiliaria que implique obstruirles la vista o, que exista un cambio en el plan regulador y se permita construir en lugares en que estaba prohibido.


Ahora bien, existen casos extremos que pueden enmarcarse dentro del ilícito de publicidad engañosa contenido en la ley
Nº 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, y que se configura cuando las inmobiliarias publicitan una atractiva vista de las viviendas, como elemento característicos de éstas, no obstante, una vez enajenadas, la misma inmobiliaria –en otra fase del proyecto- levanta nuevas construcciones, obstruyendo la vista del conjunto de viviendas ya enajenado, y cuyo atractivo publicitó para su venta.


Se trata, cualquiera sea el caso –buena o mala fe-, de prácticas irregulares o engañosas, destinadas únicamente a atraer...

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