Modifica ley N° 19.327, que fija normas para la prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos, con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, para hacerla extensiva a los entrenamientos de fútbol profesional.
Fecha | 24 Abril 2014 |
Número de Iniciativa | 9325-29 |
Fecha de registro | 24 Abril 2014 |
Materia | ENTRENAMIENTOS DE FÚTBOL PROFESIONAL, ESPECTÁCULOS DE FUTBOL PROFESIONAL, VIOLENCIA EN EL DEPORTE |
Autor de la iniciativa | Browne Urrejola, Pedro, Espinoza Sandoval, Fidel, Farías Ponce, Ramón, Jiménez Fuentes, Tucapel, Pilowsky Greene, Jaime, Turres Figueroa, Marisol, Urrutia Soto, Osvaldo, Verdugo Soto, Germán, Walker Prieto, Matías |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Educación |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N° 19.327, que fija normas para la prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, para hacerla extensiva a los entrenamientos de fútbol profesional
Boletín N° 9325-29
Antecedentes.-
El "Plan Estadio Seguro" es una iniciativa que, liderada por el Ministerio de Interior y Seguridad Pública e implementada a través de los Intendentes Regionales, busca hacer frente a situaciones complejas de violencia y combatir la delincuencia que se generan en recintos deportivos con ocasión del futbol profesional, para lograr reconquistar un ambiente festivo, familiar, y seguro durante la celebración de algún evento futbolístico.
Este plan viene dar a respuesta a la inseguridad reinante en los estadios, y la necesidad de hacer operativa la ley 19.327, que fija normas sobre prevención y sanción de hechos de violencia en los recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional "Ley de Violencia en los Estadios", la cual dota de distintas y mayores atribuciones para lograr el cometido de erradicar la delincuencia, la violencia, y reinstalar la seguridad, tanto a Intendentes, organizadores de futbol profesional, Carabineros, así como de obligaciones para algunos de ellos y, la inclusión y tipificación de nuevos hechos constitutivos de delitos.
Pese lo anterior, en la ley no se previeron otras situaciones de gran aglomeración de hinchada en las inmediaciones de los recintos deportivos y que hoy en la práctica significan un aumento en la inseguridad y tasa de delitos en los alrededores de los centros deportivos; con esto nos referimos a las denominadas "Arengas o Banderazos", que se producen cuando los barristas acompañan a su
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quipo en los entrenamientos previos a partidos de importancia y que según registros han llegado a convocar entre 2.000 y 8.000 barristas.En consecuencia, creemos de importancia incorporar en esta ley no sólo los hechos asociados al espectáculo de futbol profesional, sino también, estos otros vinculados a la actividad futbolística profesional.
Es por lo anterior que es necesario que la ley contemple y se aplique a los centros de entrenamientos deportivos de fútbol profesional y sus inmediaciones, sobre todo en lo concerniente a las facultades de carabineros, y así poder erradicar la violencia, no solo en los estadios, sino que toda aquella derivada de acontecimientos deportivos futbolísticos.
Por lo antes expuesto, los diputados abajo firmantes venimos en presentar el siguiente Proyecto de Ley.-
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Modifíquese la Ley N° 19.327 "Que Fija Normas para la Prevención y Sanción de Hechos de Violencia en Recintos ...
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