Modifica la ley N° 19.418, que Establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, para otorgarles participación en la implementación de medidas de mejoramiento de plazas, parques y otros bienes nacionales de uso público
Fecha | 30 Agosto 2016 |
Fecha de registro | 30 Agosto 2016 |
Número de Iniciativa | 10873-06 |
Etapa | Archivado |
Materia | JUNTAS DE VECINOS, MEJORAMIENTO DE PLAZAS, MEJORAMIENTOS DE PARQUES, ORGANIZACIONES COMUNITARIAS |
Autor de la iniciativa | Alvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo, Gahona Salazar, Sergio, Gutiérrez Pino, Romilio, Hernández Hernández, Javier, Kort Garriga, Issa Farid, Morales Muñoz, Celso, Norambuena Farías, Iván, Sandoval Plaza, David, Turres Figueroa, Marisol, Ward Edwards, Felipe |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Modifica la ley N° 19.418, que Establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, para otorgarles participación en la implementación de medidas de mejoramiento de plazas, parques y otros bienes nacionales de uso público
Boletín N°10873-06
I.- IDEAS GENERALES.
Las juntas de vecinos desde siempre han constituido una útil herramienta de diálogo y colaboración entre la sociedad y las autoridades, más específicamente entre una comunidad determinada y sus autoridades políticas, fundamentalmente administrativas. Su reconocimiento jurídico, le otorga esa fuerza necesaria para la representación de los intereses y derechos de la comunidad a la cual representan, promoviendo con ello, soluciones expeditas y basadas en el bien común particular.
En este conjunto de relaciones horizontales entre ciudadanos y autoridades, son las municipalidades las que poseen un contacto más directo con estas organizaciones territoriales. En efecto, como depositarios de la administración e incluso del gobierno de la comuna, le competen a los municipios importantes labores que importan, a su vez, un contacto directo con las juntas de vecinos y demás organizaciones vecinales. Es así como la administración de los bienes nacionales de uso público que se encuentran a cargo de estos órganos descentralizados de la administración, implican un trabajo mancomunado con cada uno de los grupos organizados pertenecientes a la comuna, generando con ellos una verdadera alianza público-privada poseedora de un gran poder en torno a promover soluciones prácticas que satisfagan las necesidades de la comunidad en general.
Como órganos de la administración del estado a los municipios les asisten todas las normas y principios que sustentan el ordenamiento jurídico público y cuyos elementos se encuentran presididos por el denominado principio de servicio o servicialidad en la administración pública y cuya consagración constitucional se encuentra establecida en el inciso 4° del artículo 1° de la Consti...
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