Modifica la ley N° 19.733, Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, respecto de los datos que deben proporcionar los medios de comunicación en forma conexa cuando den a conocer hechos de violencia contra la mujer o violencia intrafamiliar. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914499049

Modifica la ley N° 19.733, Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, respecto de los datos que deben proporcionar los medios de comunicación en forma conexa cuando den a conocer hechos de violencia contra la mujer o violencia intrafamiliar.

Fecha10 Julio 2018
Número de Iniciativa11973-34
Fecha de registro10 Julio 2018
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaDel Real Mihovilovic, Catalina, Flores Oporto, Camila, Núñez Urrutia, Paulina
MateriaVIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Modifica la ley N° 19.733, Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, respecto de los datos que deben proporcionar los medios de comunicación en forma conexa cuando den a conocer hechos de violencia contra la mujer o violencia intrafamiliar


Boletín N°11973-34



Considerando que:


  1. En el último tiempo, la temática sobre la violencia contra la mujer se ha tornado especialmente relevante. Así, por ejemplo, el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera ha propuesto una agenda de género, orientada a relevar el rol de la mujer en la sociedad y para hacer patente, particularmente a nivel constitucional, la igualdad de dignidad y derechos de las mujeres respecto de los hombres.


  1. Si bien los esfuerzos de reconocimiento normativo del Gobierno son esenciales para avanzar en tal fin, también es importante generar una conciencia en la sociedad de que la violencia de género es contraria a la dignidad humana y a los derechos constitucionales; pero, ante todo, generar las condiciones para que la violencia pueda ser prevenida de manera eficaz.


  1. A este respecto, es de público conocimiento que los medios de comunicación social poseen amplia llegada a la población y son, en consecuencia, un vehículo de suyo relevante para poder introducir elementos de prevención de la violencia contra la mujer y también respecto de otras clases de violencias, como la intrafamiliar.


  1. Por ello, el proyecto que se ofrece posee como idea matriz la introducción de regulación a fin de que al momento de informar se deban entregar diversas informaciones conexas, relativas a la prevención de la violencia contra la mujer o la violencia intrafamiliar, debiendo señalar, al efecto, el medio de comunicación social respectivo, los números telefónicos de emergencia y/o ayuda relacionados a la temática correspondiente.


  1. En cuanto a la propuesta en particular, se compone de un artículo único que introduce un nuevo artículo 4º bis a la ley 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, norma que se inserta en el Título I, relativo a las disposiciones de alcance general. De este modo, se establece que los medios de comunicación social, cuando...

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