Modifica la ley N° 19.496, con el objeto de proteger al consumidor en la contratación de seguros asociados a los contratos de crédito.
Fecha | 14 Abril 2009 |
Número de Iniciativa | 6459-03 |
Fecha de registro | 14 Abril 2009 |
Etapa | Archivado |
Materia | SEGURO ASOCIADO A CONTRATO DE CRÉDITO, SEGUROS |
Autor de la iniciativa | Araya Guerrero, Pedro, Díaz Del Río, Eduardo, Escobar Rufatt, Alvaro, Goic Boroevic, Carolina, Mulet Martínez, Jaime, Olivares Zepeda, Carlos, Palma Flores, Osvaldo, Sepúlveda Orbenes, Alejandra, Valenzuela Van Treek, Esteban |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N° 19.496, con el objeto de proteger al consumidor en la contratación de seguros asociados a los contratos de crédito
Boletín N° 6459&8209;03
Según datos de la Superintendencia de Bancos (Sbif), a diciembre de 2008 se registraron 6.712.254 tarjetas de crédito activadas de grandes tiendas, esto significa que dos de cada 3 chilenos posee tarjeta de crédito, que le permite acceder a la compra de bienes y eventualmente a giros de dinero, los cuales se pagan en una determinada cantidad de cuotas a fin de mes, siendo responsabilidad de la institución que otorga la tarjeta informar de manera detallada los gastos mensuales y cobros relacionados a la tarjeta de crédito. Estas casas comerciales y multitiendas, en la categoría "otros" incluyen, entre diversos cobros, el seguro de desgravamen, cuyo valor, considerando sólo a las cuatro empresas que informaron al SERNAC en su estudio de Diciembre de 2006, fluctuaría entre un mínimo de $2101 y un máximo de $403 lo que significa una diferencia porcentual de 91,90%. Tanto este tipo de cobros, como todos los anteriormente expuestos, deben ser informados y aprobados por el consumidor2.
El seguro de desgravamen que actualmente se incluye en este tipo de contratos corresponde a aquel seguro que cubre el saldo insoluto de la deuda existente a la fecha del siniestro, es decir, el monto que le quede al cliente por pagar, en caso de fallecimiento del deudor. A su vez, el seguro de cesantía es aquel que permite cubrir parte de la deuda de trabajadores tanto dependientes como independientes, cuando el deudor queda sin trabajo en forma involuntaria. Generalmente cubre un cierto número de cuotas o un porcentaje de la deuda, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.
Es importante aclarar, ya que la...
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