Modifica la ley N° 19.896, para restringir la propaganda de partidos políticos en la publicidad que el Ejecutivo realice sobre materias en tramitación legislativa.
Fecha | 21 Octubre 2014 |
Número de Iniciativa | 9672-05 |
Fecha de registro | 21 Octubre 2014 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Hacienda |
Autor de la iniciativa | Rivas Sánchez, Gaspar |
Materia | PROPAGANDA DE PARTIDOS POLÍTICOS |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
MODIFICA LA LEY N° 19.896, PARA RESTRINGIR LA PROPAGANDA DE PARTIDOS POLÍTICOS EN LA PUBLICIDAD QUE EL EJECUTIVO REALICE SOBRE MATERIAS EN TRAMITACIÓN LEGISLATIVA
BOLETÍN N° 9672-05.
FUNDAMENTOS:
Nadie podría discutir la necesidad de un Gobierno de dar a conocer al país sus acciones, sean estas de iniciativa exclusiva, como asimismo aquellas que impulsa en el Congreso Nacional.
La normativa vigente se hace cargo de esta necesidad, sin embargo, vacíos legales permiten que esta publicidad sea interpretada, a mi juicio incorrectamente, permitiendo que con recursos estatales se emita propaganda política que en nada contribuye a la transparencia, ecuanimidad y prescindencia que, se supone, debería ostentar el ejecutivo, aún sabiéndose la pertenencia de los partidos políticos y pactos electorales que componen y dan sustento político legislativo a su administración.
Un ejemplo de lo anteriormente descrito se verificó, tras el mensaje presidencial de S.E. la Presidente de la República el pasado 21 de mayo de 2014, en un folleto que el ejecutivo distribuyó a nivel nacional con los principales aspectos de su mensaje y, entre ellos, los relacionados a la Reforma Educacional que impulsa.
Como se aprecia en las imágenes del folleto, el Ejecutivo colocó en el diseño los logotipos de los partidos políticos que apoyan a la actual administración, lo que a mi juicio representa un abuso respecto del manejo que se debe observar con los recursos públicos. En dicho folleto, además, se menciona el Artículo tercero de la Ley 19.896, cuyo texto indica que:
“Los Ministerios, las Intendencias, las Gobernaciones y los órganos y servicios públicos que integran la Administración del Estado, no podrán incurrir en otros gastos por concepto de publicidad y difusión que los necesarios para el cumplimiento de sus funciones y en aquellos que tengan por objeto informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las...
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