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Modifica la ley N° 19.640, que establece la ley orgánica constitucional del Ministerio Publico, en materia de formalización de las máximas autoridades de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, y de Gendarmería de Chile

Fecha de registro13 Marzo 2024
Número de Iniciativa16657-07
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
Autor de la iniciativaCruz-Coke Carvallo, Luciano, Ebensperger Orrego, Luz Eliana, Núñez Urrutia, Paulina, Rincón González, Ximena, Walker Prieto, Matías
Boletín N° 16.657-07
Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señoras Rincón,
Ebensperger y Núñez, y señores Walker y Cruz-Coke, que modifica la ley N° 19.640,
que establece la ley orgánica constitucional del Ministerio Publico, en materia de
formalización de las máximas autoridades de las Fuerzas Armadas y de Orden y
Seguridad Pública, y de Gendarmería de Chile.
Esta última semana no ha estado exenta de polémicas y una de ellas ha sido la encrucijada
que ha significado la actuación solicitada por el fiscal jefe regional Centro Norte a cargo
de la investigación en contra del General Director de Carabineros, Ricardo Yáñez Reveco,
de solicitar audiencia de formalización en su contra ante el Séptimo Juzgado de Garantía
de Santiago, el que ha dispuesto fijar como fecha el día 07 de mayo del presente año a
partir de las 09:00hrs, momento en el que deberá comparecer en calidad de imputado por
los delitos que se persiguen en su contra y que dicen relación con la omisión o
responsabilidad de mando en los apremios ilegítimos cometidos por los funcionarios
uniformados del cuerpo policial que encabeza, en el contexto del denominado “estallido
social” del año 2019. Esto decir, se trata de hechos que no se enmarcan dentro de delitos
comunes respecto de los cuales pudiera encontrarse involucrado o tener responsabilidad
directa en ellos, sino propios de la institución que dirige a nivel nacional.
Lo anterior, de forma evidente, ha generado repercusiones en el orden institucional, lo
que debe analizarse con responsabilidad en relación a los efectos y consecuencias que
esto pudiese generar ante la complejidad que implica contar con una autoridad de dicha
envergadura formalizada, al tratarse del mando máximo de Carabineros de Chile. Órgano
que integra la fuerza pública y existe para dar eficacia al derecho, teniendo por finalidad
la de garantizar y mantener el orden público y la seguridad pública interior en todo el
territorio de la República (art.1 Ley N°18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros
de Chile).
Cabe mencionar, que lo expuesto, es inevitablemente más complejo y atendible
considerar, ante el escenario de la mayor crisis de seguridad en que nos encontramos
situados, implicando una condición que podría alimentar un mayor debilitamiento de la
potestad con que debe contar una de las instituciones a las que, excepcionalmente, la
Constitución le ha encomendado ejercer el uso de la fuerza, monopolio indelegable del

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