Modifica la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas, en el sentido de establecer la prohibición de ser directores de toda clase de sociedades anónimas a los Diputados, Senadores, Ministros de Estado y otras autoridades que indica. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914517261

Modifica la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas, en el sentido de establecer la prohibición de ser directores de toda clase de sociedades anónimas a los Diputados, Senadores, Ministros de Estado y otras autoridades que indica.

Fecha19 Mayo 2009
Fecha de registro19 Mayo 2009
Número de Iniciativa6529-05
EtapaArchivado
MateriaINHABILIDADES, MINISTROS DE ESTADO, PARLAMENTARIOS
Autor de la iniciativaAraya Guerrero, Pedro, Chahuán Chahuán, Francisco, Enríquez-Ominami Gumucio, Marco, Escobar Rufatt, Alvaro, Sepúlveda Orbenes, Alejandra, Valenzuela Van Treek, Esteban
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

Modifica la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas en el sentido de establecer la prohibición de ser directores de toda clase de sociedades anónimas a los Diputados, Senadores, Ministros de Estado y otras autoridades que indica

Boletín N° 6529&8209;05


ANTECEDENTES.


La Constitución Política ha previsto una serie de disposiciones que buscan resguardar el debido cumplimiento de la labor parlamentaria. En virtud de ello, el artículo 60 previene una serie de incompatibilidades con cargo de diputado o senador. Si se configurara alguna de ellas, el parlamentario cesará en el cargo.


El inciso segundo, parte final de dicho precepto, establece que cesará en el cargo de diputado o senador que durante el ejercicio de su cargo acepte ser director de banco o de alguna sociedad anónima, o ejercer cargos de similar importancia en dichas actividades.


Esta inhabilidad tendrá lugar sea que el parlamentario actúe por si o por interpósita persona natural o jurídica o a través de una sociedad de personas de la que forme parte.


Al leer el precepto constitucional se puede advertir que el Constituyente al hablar de las sociedades anónimas no distinguió entre las clases de sociedades anónimas existentes en nuestro país, esto es, sociedades anónimas abiertas o cerradas. Por ende, al efectuar un análisis interpretativo de la norma se podía concluir que la inhabilidad se refería al ejercicio del cargo de Director de toda clase de sociedades anónimas.


Sin embargo, si estudiamos lo dispuesto en los artículos 35 y 36 de la ley N° 18.046 sobres sociedades anónimas veremos que ella contiene una serie de disposiciones que impiden que determinadas personas sean directores de sociedades anónimas. Veamos:


Art. 35. No podrán ser directores de una sociedad anónima:


1) Los menores de edad;

2) Las personas afectadas por la revocación a que se refiere el artículo 77 de esta ley;

3) Las personas condenadas por delito que merezca pena aflictiva o de inhabilitación perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos, y los fallidos o los administradores o representantes legales de personas fallidas condenadas por delitos de quiebra culpable o fraudulenta y demás establecidos en los artículos 203 y 204 de la Ley de Quiebras.

4) Los funcionarios fiscales, semifiscales, de empresas u organismos del Estado y de empresas de administración autónoma en las que el Estado efectúe aportes o tenga representantes en su administración, en relación a las entidades sobre las cuales dichos funcionarios ejercen, directamente y de acuerdo con la ley, funciones de fiscalización o control.

Las personas que adquieran la calidad de funcionarios en los organismos o empresas públicas indicadas, cesarán automáticamente en el cargo de director de una entidad fiscalizada o controlada.


Por su parte, el artículo 36 de la ley sobre sociedades anónimas dispone que:


Art. 36. Además de los casos mencionados en e1 artículo anterior, no podrán ser directores de una sociedad anónima abierta o de sus filiales:

1) Los senadores y diputados;

2) Los ministros y subsecretarios de Estado, jefes de servicio y el directivo superior inmediato que deba subrogar a cada uno de ellos, con excepción de los cargos de director de las...

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