Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de establecer estacionamientos especiales para embarazadas, adultos mayores y madres de niños menores de tres años
Fecha | 05 Junio 2018 |
Número de Iniciativa | 11788-15 |
Fecha de registro | 05 Junio 2018 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones |
Autor de la iniciativa | Del Real Mihovilovic, Catalina, Flores Oporto, Camila, Jürgensen Rundshagen, Harry, Mellado Suazo, Miguel, Sabag Villalobos, Jorge, Schalper Sepúlveda, Diego, Urruticoechea Ríos, Cristóbal |
Materia | ADULTOS MAYORES, EMBARAZADAS, ESTACIONAMIENTOS PREFERENTES |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de establecer estacionamientos especiales para embarazadas, adultos mayores y madres de niños menores de tres años
Boletín N°11788-15
1.- Antecedentes
Una sociedad inclusiva es aquella que se preocupa por ayudar a todos y cada uno de sus miembros, especialmente cuando se trata de aquellos que requieren mayores atenciones y cuidados.
El artículo 1º de nuestra Constitución Política, en el Capítulo 1º sobre las Bases de la Institucionalidad, dice que “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”.
Por lo anterior, y como respuesta a las particulares circunstancias que viven algunas personas, resulta comprensible y razonable adecuar nuestra actual Ley de Tránsito, con el fin de incorporar expresamente en el texto normativo a las mujeres embarazadas, a las madres con varios hijos menores de tres años y a los adultos mayores de setenta años, como beneficiarios de estacionamientos especiales.
En primer lugar, se pretende que las municipalidades establezcan en todas las vías públicas donde se permita el estacionamiento de vehículos, estacionamientos especiales destinados no solamente a personas con discapacidad, sino también destinados a embarazadas, madres con hijos menores de tres años y adultos mayores de setenta años.
En segundo lugar, se busca también que los establecimientos públicos y privados, sean de carácter comercial, industrial o de otro tipo, y que cuenten con estacionamientos de acceso al público, estén obligados a reservar algunos estacionamientos especiales para estas personas.
Creemos que estos estacionamientos contribuirán a mejorar su calidad de vida. Tanto las mujeres embarazadas como las madres que tienen hijos menores de tres años de edad necesitan facilidades para desplazarse de un sitio a otro. Y para ello resulta indispensable que puedan contar con estacionamientos preferenciales.
Y en cuanto a los adultos mayores, debemos recordar que Chile ratificó y promulgó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. En virtud de esta Convención, los Estados parte se encuentran obligados a “promover, proteger y asegurar
el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”1.
El artículo 4 letra F de la Convención antes citada agrega que los Estados parte “promoverán la más amplia participación de la sociedad civil y de otros actores sociales, en particular de la persona mayor, en la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigida a la implementación de la presente Convención”2.
Una forma de integrar y promover la participación de los adultos mayores en la convivencia social es a través de la instauración de estacionamientos especiales para quienes sean mayores de setenta años de edad. Esto les facilitará desplazarse hacia distintos establecimientos, de carácter público o privado, de forma más sencilla, sin perder tanto tiempo en encontrar un sitio donde estacionar su vehículo, y sin la necesidad de recorrer grandes trayectos a pie una vez que encontrado un estacionamiento.
2.- Ideas Matrices
Se propone una modificación a la Ley de Tránsito Nº 18.290 con el fin de ayudar a mejorar la calidad de vida de las embarazadas, madres de niños menores de tres años y adultos mayores de setenta años, mediante la instauración de estacionamientos preferenciales para ellos, en determinados recintos y establecimientos.
3.- Contenido del Proyecto
Este proyecto de ley tiene por finalidad:
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Incluir en el texto de la Ley de Tránsito a las embarazadas, madres de niños menores de tres años y adultos mayores de setenta años como beneficiarios de estacionamientos especiales en las vías públicas, y que las municipalidades deberán establecer para ellos.
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Establecer que se reserven algunos estacionamientos especiales para las personas indicadas en el numeral anterior en los establecimientos públicos y privados, sean de carácter comercial, industrial o de otro tipo, y que cuenten con estacionamientos de acceso al público.
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Establecer la forma en que los beneficiarios de estos estacionamientos especiales podrán acreditar su calidad de tal.
Por consiguiente, y con el mérito de los antecedentes expuestos, vengo en someter a la consideración de ésta Honorable Corporación, el siguiente Proyecto de Ley:
Proyecto de Ley
ARTÍCULO 1: Modifíquese la Ley de Tránsito Nº 18.290 de la siguiente manera:
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Agréguese en el artículo 149, entre la palabra “discapacidad” y la coma que le sucede, lo siguiente: “embarazadas, madres que anden con dos o más hijos menores de tres años, y adultos mayores de setenta años”.
Agréguese al final del inciso segundo del artículo 149 lo siguiente: “Tratándose de embarazadas, bastará que exhiban ante...
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