Modifica ley N° 18.290, de tránsito, incorporando en el certificado de inscripción el kilometraje registrado en el dispositivo y sancionando a quienes lo adulteren. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513302

Modifica ley N° 18.290, de tránsito, incorporando en el certificado de inscripción el kilometraje registrado en el dispositivo y sancionando a quienes lo adulteren.

Fecha24 Marzo 2011
Número de Iniciativa7559-15
Fecha de registro24 Marzo 2011
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Transportes y Telecomunicaciones
Autor de la iniciativaAuth Stewart, Pepe, Espinoza Sandoval, Fidel, García García, René Manuel, Hasbún Selume, Gustavo, Hernández Hernández, Javier, Hoffmann Opazo, María José, Letelier Aguilar, Cristian, Norambuena Farías, Iván, Tuma Zedan, Joaquín, Zalaquett Said, Mónica
MateriaADULTERACIÓN EN DISPOSITIVO DE KILOMETRAJE, TRÁNSITO
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción



Modifica la ley N° 18.290, de tránsito, incorporando en el certificado de inscripción el kilometraje registrado en el dispositivo y sancionando a quienes lo adulteren.

Boletín N° 7559-15


Ideas Matrices:


La presente moción tiene por objetivo modificar la ley 18.290 estableciendo la obligación de consignar en la transferencia de dominio de un vehículo el kilometraje que se consigna en el registro de kilometraje y la sanción a quienes alteren, manipulen o adulteren dicho dispositivo en vehículos motorizados induciendo al engaño al momento de adquirir estos medios de transporte.

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Consideraciones generales:



1.- Que los vehículos motorizados, independiente de su año, sufren desgastes en el motor, en la carrocería, etc., lo cual altera su valor de venta, un factor importante en la celebración de la compraventa de ellos.

2.- Que transcurrido cierto tiempo, las exigencias para vender un vehículo disminuyen con respecto a las existentes para los automóviles nuevos y las garantías aplicables en caso de inconformidad con el bien adquirido.

3. Que constituye una práctica frecuente adulterar el kilometraje registrado en los instrumentos de medición de distancia, conocidos con el nombre de “odómetros”, del vehiculo induciendo con esto al engaño del comprador futuro dueño.

4.- Que adulterar el kilometraje del odómetro de un vehículo, es un hecho que se realiza sin el conocimiento del comprador y se configura no solo como un ilícito penal tipificado como estafa, sino también como una infracción al artículo 14 de la ley del consumidor: “Artículo 14.- Cuando con conocimiento del proveedor se expendan productos con alguna deficiencia, usados o refaccionados o cuando se ofrezcan productos en cuya fabricación o elaboración se hayan utilizado partes o piezas usadas, se deberán informar de manera expresa las circunstancias antes mencionadas al consumidor, antes de que éste decida la operación de compra.”

5.- Si bien es cierto esta adulteración se sanciona con bajo el tipo penal de estafa, la prueba de los elementos que configuran este ilícitos es bastante compleja. De perseguir este ilícito a través de la Ley de Protección al Consumidor el problema radica en la baja sanción que recibe el infractor a la ley. Es...

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