Modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades en materia de apremios.
Fecha | 03 Diciembre 2002 |
Fecha de registro | 03 Diciembre 2002 |
Número de Iniciativa | 3146-06 |
Etapa | Tramitación terminada Ley Nº 19.845 (Diario Oficial del 14/12/2002) |
Materia | MUNICIPIOS |
Cámara Legislativa de Origen | Mensaje,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE APREMIOS.
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SANTIAGO, noviembre 20 de 2002.
Honorable Cámara:
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CÁMARA DE
DIPUTADOS.
En los últimos días el país nuevamente ha sido testigo de la inconfortable situación de un alcalde detenido por efecto de una medida de apremio judicial, decretada en el contexto de un proceso por deudas seguido en contra de una municipalidad de la Región del Bío Bío. Sin desconocer las prerrogativas de los acreedores y las competencias de los tribunales de justicia, resulta igualmente lamentable la circunstancia de un alcalde privado de libertad por deudas contraídas por un municipio.En este contexto, el Ejecutivo asume que es también un deber del Estado velar por la dignidad y prestancia institucional de la máxima autoridad municipal, no sólo por su calidad de jefe de servicio, sino también por su representatividad popular.
Ante tales circunstancias, el Ejecutivo ha considerado oportuno y necesario remitir a la consideración del H. Congreso Nacional, la presente iniciativa de ley, que tiene por objeto fundamental restringir el arresto, como medida de apremio por deudas del municipio o de las corporaciones municipales,...
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