Modifica la ley N° 18.101, que Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos, en materia de procedimiento
Fecha | 18 Octubre 2018 |
Número de Iniciativa | 12188-07 |
Fecha de registro | 18 Octubre 2018 |
Autor de la iniciativa | Alessandri Vergara, Jorge, Bobadilla Muñoz, Sergio, Carter Fernández, Álvaro, Gahona Salazar, Sergio, Hoffmann Opazo, María José, Melero Abaroa, Patricio, Moreira Barros, Cristhian, Norambuena Farías, Iván, Urrutia Soto, Osvaldo, Van Rysselberghe Herrera, Enrique |
Materia | ARRENDAMIENTO DE PREDIOS URBANOS |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N° 18.101, que Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos, en materia de procedimiento
Boletín N°12188-07
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IDEAS GENERALES.
Los juicios de arrendamiento en Chile a pesar de estar sujetos a un procedimiento de tramitación sumaria, tardan más de lo previsto, transformándose en cuestión de tiempos, en un procedimiento lato, que genera perniciosas consecuencias para quienes se ven envueltos en ellos.
En efecto, la historia fidedigna de la ley N°19.866 que moderniza la normativa reguladora de los arrendamientos de predios urbanos da cuenta en su mensaje, que la ley N°18.101 que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos tiene un carácter marcadamente protector hacia el arrendatario, para quien, según dispone su artículo 19, son irrenunciables los derechos que ella establece; entre otros, amplios plazos para el desahucio y restitución del inmueble; presunción en los contratos de arrendamiento que no consten por escrito de que la renta es la que declare el arrendatario; suspensión del cumplimiento de la sentencia y del lanzamiento, etc1.
De esta forma, la ley N°19.866 se erige como el bastión de lucha que pretender hacer perfectible aquellos aspectos débiles y sobreprotectores del arrendatario, modernizando la legislación, y devolviendo a esta la igualdad propia de un contrato civil, habida consideración de la realidad económica en la que se ve envuelta el Chile actual, donde la adquisición de una segunda propiedad y su respectivo arriendo se ha vuelto un negocio de inversión y capitalización del que viven miles de chilenos, y que la legislación actual sigue perjudicándolos.
Así las cosas, los males que se vislumbraban antes de las modificaciones legales introducidas por la ley N° 19.866 no fueron suficientes por cuanto no pudieron subsanar dichos vicos, los que han perdurado hasta el día hoy. De esta forma, podemos mencionar la extensa duración de los juicios de arrendamiento donde los más extensos llegan a durar hasta un año, la compleja situación a la que se ven expuestos arrendadores quienes pocas veces obtienen una justa indemnización por los daños ocasionados a su propiedad, los costos de la espera, la tramitación del juicio y las rentas impagas, entre muchos otros.
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CONSIDERANDO.
Que, cada año, se presentan más de 15.000 juicios de arrendamiento a...
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