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Modifica la ley N° 18.046, ley sobre sociedades anónimas, en materia de distribución de utilidades de las sociedades administradoras de fondos de pensiones.

Fecha04 Mayo 2022
Fecha de registro04 Mayo 2022
Número de Iniciativa14951-03
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Economía
Autor de la iniciativaAraya Guerrero, Pedro, Bianchi Retamales, Karim, De Urresti Longton, Alfonso, Flores García, Iván, Sepúlveda Orbenes, Alejandra
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley
)
Boletín N° 14.951-03
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Bianchi, señora
Sepúlveda y señores Araya, De Urresti y Flores, que modifica la ley N° 18.046, ley sobre
sociedades anónimas, en materia de distribución de utilidades de las sociedades
administradoras de fondos de pensiones.
La crisis económica que acarreó la pandemia mundial por Covid-19, en general, ha
afectado de forma crítica en la economía de los hogares chilenos, y también, en las pensiones
de vejez que serán recibidas por chilenas y chilenos. Ante lo anterior, hemos sido testigos
del silencio de las Administradoras de Fondos de Pensiones frente a las millonarias pérdidas
de los fondos previsionales, pérdidas que no se ven reflejadas en sus cuantiosos retiros de
utilidades. Los accionistas de AFP Habitat anunciaron retiros de utilidades por un monto
total de $115.000 millones de pesos de su ejercicio en el año 2021, lo que se suma a los
$100.000 millones de utilidades retiradas por el ejercicio 2020. Cómo es posible entonces
que se generen discusiones interminables por los efectos adversos que tiene un retiro del
10% de las cuentas de capitalización individual cuando cada una de las siete administradoras
de fondos de pensiones realiza año a año giros de cifras exorbitantes.
Durante los últimos 40 años, nuestro sistema de pensiones basado en la
capitalización individual y administrado por entidades privadas ha mantenido
prácticamente intactos sus pilares fundamentales, de acuerdo con el modelo
establecido a partir del Decreto Ley 3.500 del año 1980, los cuales han sido
profundizados a través de las sucesivas reformas legales, que por ejemplo, han
trasladado progresivamente la responsabilidad derivada de la rentabilidad de los
Fondos de Pensiones, desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a los
afiliados. En otras palabras, las pérdidas hoy son a costa de los afiliados, quienes
ven reducidas sus pensiones diariamente producto de la crisis actual mientras las
administradoras gozan de utilidades que alcanzan los ciento quince mil millones de
pesos.

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