Modifica la ley Nº 18.556 con el objeto de excluir a las víctimas de desaparición forzada del Registro Electoral.
Fecha | 22 Mayo 2012 |
Fecha de registro | 22 Mayo 2012 |
Número de Iniciativa | 8321-07 |
Etapa | Tramitación terminada Archivado |
Materia | REGISTRO ELECTORAL, VÍCTIMAS DE DESPARICIÓN FORZADA |
Autor de la iniciativa | Escalona Medina, Camilo, Letelier Morel, Juan Pablo, Muñoz Aburto, Pedro |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Senado |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Boletín N° 8.321-07
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Escalona, Letelier y Muñoz Aburto, que modifica la ley N° 18.556 con el objeto de excluir a las víctimas de desaparición forzada del Registro Electoral.
Vistos. Lo dispuesto en los artículos 1°, 13°, 15°, 16°, 17°, 18°, 19° y 63° de la Constitución Política de la República y en la ley 18.556.
Considerando.
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Que la modificación a la normativa sobre inscripción automática en los registros electorales y voto voluntario en los procesos electorales y plebiscitarios supuso una profunda transformación al sistema político que persigue incrementar la participación a millones de personas fortaleciendo la democracia.
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Que dicha materia fue objeto de una amplia discusión por largos años, siendo aprobado por el Parlamento e iniciándose los procedimientos destinados a su implementación y aplicación a partir de los comicios municipales de Octubre próximo.
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Que en el curso de estas transformaciones se han suscitado inconvenientes graves.
El primero de ellos, fue motivado en la publicación, por parte del Servicio Electoral, de los domicilios de los inscritos, como consecuencia de entenderse públicos estos datos, cuestión discutible y que ha sido resuelta en forma administrativa.
El segundo, tiene relación con la incorporación en los registros electorales de personas desaparecidas como consecuencia de las violaciones a los derechos humanos ocurridos en la dictadura militar.
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Que esto último ha ocasionado, con justa razón, la molestia de familiares y amigos de las víctimas, en tanto existen múltiples antecedentes oficiales, emanados de órganos estatales, que confirman su situación, como son los informes emitidos por comisiones especiales y las causas judiciales incoadas ante los tribunales.
Que en torno a este tema, la Ley 20.377, ha creado, además, la declaración de ausencia por desaparición forzada de personas, que permite...
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