Modifica la Ley de Menores, en materia de revisión periódica de la medida de internación en residencias.
Fecha | 20 Junio 2018 |
Número de Iniciativa | 11844-07 |
Fecha de registro | 20 Junio 2018 |
Etapa | Segundo trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Autor de la iniciativa | Allende Bussi, Isabel, Elizalde Soto, Alvaro, Letelier Morel, Juan Pablo, Quintana Leal, Jaime, Rincón González, Ximena |
Materia | LEY DE MENORES |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Senado,Moción |
Boletín N° 11.844-07
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Letelier, señoras Allende y Rincón, y señores Elizalde y Quintana, que modifica la Ley de Menores, en materia de revisión periódica de la medida de internación en residencias.
Fundamentos.-
Actualmente el artículo 30 de la Ley de Menores (N° 16.618) establece como una facultad del juez el ordenar el ingreso del menor de edad en un Centro de Tránsito o Distribución, hogar substituto o en un establecimiento residencial, cuando los niños, niñas o adolescentes resulten gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos, siempre que resulte indispensable separarlo de su medio familiar o de las personas que lo tienen bajo su cuidado.
Se trata de la medida más grave que puede adoptar el juez frente a un niño o niña. En efecto, supone una limitación severa de su derecho a vivir en una familia. Por lo mismo, es necesario que el legislador adopte medidas especiales para resguardar sus derechos.
Según el informe 2017 del Observatorio de la Niñez, se señala que "Dentro de las Observaciones Específicas realizadas por el Comité de Derechos del Niño a Chile en el año 2015, se encuentran aquellas vinculadas al derecho a vivir en familia, y específicamente aquellas ligadas a la separación del niño o la niña de sus padres, madres u otros adultos responsables, y su institucionalización en centros de cuidado. En el punto N° 54 se señala que "preocupa al Comité que el número de niños en centros de acogida de tipo residencial no familiar siga siendo muy elevado si se compara con el número de niños ubicados en otros tipos de centros de atención. Preocupan también al Comité la calidad de la atención facilitada y los presuntos casos de violencia contra niños en esos lugares".
En ese sentido, cabe recordar que el Artículo 20 de la Convención de Derechos del Niño estipula que "los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado".
Como es evidente, dar una solución efectiva para el ejercicio de los derechos de los niños que se encuentran internados en residencias requiere de una intervención integral del Estado. A ese fin apunta el proyecto de ley, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada de Niños y Niñas y modifica normas legales que indica (Boletín N° 11.176-07), suscrito por S.E. la ex Presidenta de la República doña Michelle Bachelet Jeria que se discute ante la Cámara de Diputados.
Sin embargo, la presente iniciativa tiene una finalidad más simple e inmediata. En efecto, en la moción que someto a discusión del H. Senado se busca dar solución a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba