Modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en materia del delito de hurto de energía eléctrica. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914516433

Modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en materia del delito de hurto de energía eléctrica.

Fecha25 Enero 2013
Fecha de registro25 Enero 2013
Número de Iniciativa8806-08
EtapaArchivado
MateriaHURTO DE ENERGIA ELECTRICA, SERVICIOS ELÉCTRICOS
Autor de la iniciativaOrpis Bouchon, Jaime
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley



Boletín N° 8.806-08


Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Orpis, que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en materia del delito de hurto de energía eléctrica.


Resumen:


Este proyecto de ley tiene por objeto facilitar la prueba en causas por delitos de hurto de energía eléctrica, cuando los imputados se traten de personas que no sean clientes de las compañías eléctricas. La finalidad de la modificación es establecer un marco regulatorio acorde a la forma en que se perpetra este ilícito, ya que, este delito trae aparejado una serie de consecuencias nefastas para las personas honestas. Por el hecho de colgarse ilegalmente una persona al tendido eléctrico, puede generar incendios, cortes de luz, electrocutaciones, quema de artefactos, etc.


Actualmente el hurto de energía eléctrica está regulado en una ley especial, la cual se remite al artículo 446 del Código Penal, exigiendo una avaluación de la energía eléctrica hurtada. En esta materia es muy difícil cuantificar la energía eléctrica que fue sustraída, atendido a que si no hay medición, no hay certeza de la cantidad, resultando imposible condenar a los responsables, favoreciendo se de esa forma la impunidad de este tipo de conductas que cada día aumenta considerablemente. La idea es modificar la ley, eliminando el requerimiento de avaluación y sancionando únicamente la sustracción, lo cual es posible probar determinando si se ha prendido o apagado la luz.


Antecedentes generales:


Un aspecto que resulta importante mencionar es la relación que existe entre el hurto de energía y la crisis energética. Se ha promovido por distintos medios el uso eficiente e inteligente de la energía, lo que significa consumir energía sin desperdiciarla. A través de ella, podemos realizar más actividades con la misma energía y mejorar nuestra calidad de vida, manteniendo equilibrio y armonía con el medio ambiente. En ese sentido, claramente hay un mayor derroche por parte de quiénes sustraen energía eléctrica, ya que al no pagar por ella, tampoco cuidan su consumo, aumentando su gasto innecesariamente.


Es así, como el hurto de energía es un delito penado por la ley, que en nuestro país aumenta día a día, con consecuencias altamente peligrosas para las personas y sus bienes. A nivel nacional, se puede decir que la sustracción asciende al 9% de la energía eléctrica distribuida, y en el último año, sólo en la quinta región fueron registrados más de 3.000 casos, (con lo perdido alcanzaría para abastecer a la mitad de ciudades tan grandes como Viña del Mar o Valparaíso) lo que trajo consigo una serie de efectos negativos para los clientes y la comunidad, entre ellos se destacan: incendios, quema de artefactos eléctricos, quemaduras por electrocución, cortes de luz e intermitencia, repercutiendo así la calidad del suministro.

En la Región de Valparaíso, Chilquinta Energía realiza 15 mil inspecciones mensuales, de las cuales se detectan cerca de mil casos de hurto de energía, ya sea por propiedades colgadas al suministro eléctrico o por la intervención de los medidores.


Quienes cometen este ilícito – a costa de la población general- muchas veces corresponden a clientes comerciales. En estos casos se han sorprendido delitos flagrantes en los se han retirado los empalmes clandestinos y Carabineros ha procedido con la detención de los imputados poniéndolos a disposición de la Fiscalía.


La incidencia de este ilícito ocurre en todos los niveles socioeconómicos, lo que demuestra que su verdadera causa está más relacionada con una actividad ilegal y lucrativa que con una carencia económica. Es una práctica delictual transversal, por ende, señalar que los sectores socioeconómicos más vulnerables se verán afectados por esta nueva normativa no es efectivo. Es más, el artículo 151 de La Ley General de Servicios eléctricos otorga un subsidio para las familias de escasos recursos:1


Riesgos del Hurto de Energía


Según lo señalado por Juan Pablo Montero y José Miguel Sánchezi:“las externalidades que produce un consumidor o productor en la red también se reflejan en la calidad (frecuencia, voltaje, estabilidad) de la electricidad y en consecuencia el equilibrio de la oferta y la demanda debe darse para un cierto estándar de calidad para lo cual son cruciales los servicios auxiliares que prestan los generadores y que garantizan que se cumplan los estándares de calidad predefinidos. Asimismo, en caso de pérdida de carga o caídas en el sistema, se requieren procedimientos especiales para restaurar el servicio de manera segura”.


Por lo anterior, el hurto de energía eléctrica es una situación que afecta a la sociedad en general, el objetivo de este proyecto, es que la comunidad comprenda que las personas que realicen actos asociados a intervención fraudulenta de instalaciones, serán sancionadas de conformidad con los tipos penales que a este respecto establece el Código Penal, que indica que los autores de hurto serán castigados con presidio menor en su grado medio (esto es de 541 días a 3 años) y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, a ello se suman riesgos de...

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