Modifica la ley General de Bancos en el sentido de ampliar la facultad del Ministerio Público para requerir antecedentes bancarios en la investigación de delitos funcionarios
Fecha | 23 Junio 2017 |
Número de Iniciativa | 11304-07 |
Fecha de registro | 23 Junio 2017 |
Autor de la iniciativa | Monckeberg Díaz, Nicolás, Paulsen Kehr, Diego |
Materia | ANTECEDENTES BANCARIOS, INVESTIGACIÓN DEL DELITO, LEY GENERAL DE BANCOS |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley General de Bancos en el sentido de ampliar la facultad del Ministerio Público para requerir antecedentes bancarios en la investigación de delitos funcionarios
Boletín N°11304-07
La opinión pública se encuentra impactada por la sucesión de casos de corrupción que afectan a diversas instituciones públicas del país. Vemos como funcionarios públicos han defraudado la confianza que la sociedad ha depositado en ellos, enriqueciéndose de forma impúdica amparado muchas veces en la protección que el secreto bancario establece. Y está muy bien que esa protección persista, pero se debe impedir que sea mal utilizada concretamente por los funcionarios públicos que están a cargo de administrar o fiscalizar la utilización de fondos públicos.
El inciso 1º del artículo 154 de la Ley General de Bancos establece que:
“Los depósitos y captaciones de cualquiera naturaleza que reciban los bancos están sujetos a secreto bancario y no podrán proporcionarse antecedentes relativos a dichas operaciones sino a su titular o a quien haya sido expresamente autorizado por él o a la persona que lo represente legalmente”.
Por su parte, señalan los incisos 4º y 5º que:
“La justicia ordinaria y la militar, en las causas que estuvieren conociendo, podrán ordenar la remisión de aquellos antecedentes relativos a operaciones específicas que tengan relación directa con el proceso, sobre los depósitos, captaciones u otras operaciones de cualquier naturaleza que hayan efectuado quienes tengan carácter de parte o imputado en esas causas u ordenar su examen, si fuere necesario.
Los fiscales del Ministerio Público, previa autorización del juez de garantía, podrán asimismo examinar o pedir que se les remitan los antecedentes indicados en el inciso anterior, que se relacionen directamente con las investigaciones a su cargo”.
Esta es la regla general: los fiscales pueden pedir al tribunal que se solicite alzar el secreto bancario para operaciones específicas, lo que naturalmente dificulta la investigación, en particular en lo relativo a levantamientos de patrimonios completos, lo que se hace necesario en casos de delitos reiterados contra el patrimonio fiscal, y que involucran altas de sumas de dinero, en operaciones sostenidas en el transcurso de mucho tiempo.
La excepción a esta regla la constituyen los casos de delitos de lavado de dinero, al...
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