Modifica Ley Concesiones de Obras Públicas y, Ley de Tránsito, con objeto de ampliar la definición de vehículos de emergencia y, eximirlos del pago de peaje.
Fecha | 17 Abril 2014 |
Número de Iniciativa | 9313-09 |
Fecha de registro | 17 Abril 2014 |
Etapa | Tramitación terminada Ley N° 20.908 (Diario Oficial del 20/04/2016) |
Materia | CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS, PAGO DE PEAJES, TRANSITO EN VÍAS CONCESIONADAS, VEHÍCULOS DE EMERGENCIA |
Autor de la iniciativa | Becker Alvear, Germán, García García, René Manuel, Meza Moncada, Fernando, Paulsen Kehr, Diego, Pérez Lahsen, Leopoldo, Rathgeb Schifferli, Jorge, Sepúlveda Orbenes, Alejandra, Verdugo Soto, Germán |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la Ley de Concesiones de Obras Públicas y la Ley de Tránsito, con el objeto de ampliar la definición de vehículos de emergencia y de eximirlos del pago de peaje
Boletín N° 9313-09
Modifica Decreto 900, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley, del Ministerio de Obras Públicas N°164, de 1996, Ley de Concesiones de Obras Públicas para permitir el libre y expedito tránsito de los vehículos de Emergencia eximiéndolos del pago de peajes y amplia la definición de vehículos de emergencia, contenida en la Ley 18.290, Ley de Tránsito.
Considerando que:
1° Los vehículos de emergencia, utilizados por Bomberos, Carabineros, Servicios de Salud públicos y privados, Policía de Investigaciones, brigadas de CONAF y de las FF.AA. que transitan por las vías concesionadas en sus desplazamientos de ida y regreso, a los diversos requerimientos urgentes de la población, deben contar con facilidades que les permitan evitar que su paso por plazas de peaje sea impedido o dilatado por no contar con el dinero suficiente para cancelar la tarifa o simplemente demorado su desplazamiento por tener que persuadir a los funcionarios operadores de plazas de peaje acerca de la real gravedad de la emergencia a la que se dirigen.
2°Este problema se ha producido en varias ocasiones, en el pasado y recientemente, ha sido denunciado por autoridades, diputados, senadores; y por cierto por funcionarios y voluntarios que deben desplazase con sus equipos a emergencias y socorros a las que son llamados a concurrir y han debido enfrentar a operarios que, con una evidente falta de comprensión acerca de los perjuicios que pudieran provocar dilaciones, obstaculizan el más rápido desplazamiento de vehículos de emergencia.
3° Si bien es cierto, las concesionarias actúan dentro del marco legal, el cobro de peaje y detención obligada a los vehículos de emergencia, constituye una situación irracional y perjudicial si tomamos en cuenta que su misión es ayudar a personas y salvar vidas y bienes públicos o privados, siendo la rapidez y prontitud elementos indispensables para lograr eficacia en su labor.
4° Que muchas veces, por la magnitud, repercusiones y complejidad de los desastres y la devastación consecuente, resulta necesario también recurrir a servicios especializados de rescate, combate de siniestros y de ayuda y control de las poblaciones afectadas como por ejemplo a las brigadas y voluntarios de CONAF y a personal de las FF.AA; los que, también se desplazan en vehículos que deben ser considerados como vehículos de emergencia.
Por lo anterior venimos en proponer el siguiente:
Proyecto de Ley
Artículo 1° Modifíquese el Decreto 900 — DEL 164 de 1991, Ley de Concesiones 00.PP. en lo siguiente:
a) Incorpórese en el artículo 11, el siguiente inciso final nuevo:
"No obstante, estarán exentos del pago de peaje, sea manual, con sistema automático o tele peaje, los vehículos de emergencia definidos en el artículo 2 número 43 de la ley N°18.290".
b)°: incorpórese al artículo 42, el siguiente inciso final nuevo:
"Las empresas concesionarias que no dieren cumplimiento a los dispuesto en el inciso final del artículo 11 serán sancionados con una multa a beneficio fiscal de 10 UTM. por cada incumplimiento. Si la responsabilidad es imputable exclusivamente al funcionario operador del peaje, éste sufrirá una multa de 3 UTM por cada vehículo de emergencia cuyo paso se haya visto entorpecido producto de...
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