Decreto núm. 104, publicado el 27 de Abril de 1987. MODIFICA E INCORPORA DERECHOS MUNICIPALES A ORDENANZA No. 4, DE 1981
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE GUAITECAS |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA E INCORPORA DERECHOS MUNICIPALES A ORDENANZA No. 4, DE 1981
Núm. 104/D/04.- Pto. Melinka, 30 de Marzo de 1987.- Vistos:
La necesidad de ajustar el cobro de los derechos municipales que efectúan los departamentos respectivos y de agregar algunos derechos a la ordenanza vigente.
La ordenanza No. 4 del 20.07.81, publicada en el DO del 28.07.81, el art. 43 del DL 3.063/79, y; teniendo presente: Las facultades que me confiere el DL No.
1.289/76 Ley Orgánica de los Municipios y Administración Comunal,
Decreto:
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- Deróguense, los artículos 6 - 7 - 8 - 9 y 10 del capítulo II de la ordenanza No. 4.
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- Incorpórese, en el capítulo II de la ordenanza No. 4 del 20.07.81 los artículos que forman parte de este Decreto:
6 - 7 - 8 - 9 - 10 - 11 y 12.
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- Anótese, publíquese, infórmese a quien corresponda y archívese.- Gabriel Giglio Jerez, Alcalde.- Sergio C.
Caticura Nail, Secretario Municipal (S).
Derechos Municipales Relacionados con las Patentes por Ejercicios Transitorios de Actividades Lucrativas
El otorgamiento de patentes para el ejercicio transitorio de actividades lucrativas, pagarán los siguientes derechos municipales:
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- Puestos de expendio de frutas y verduras de
temporada, por mes o fracción 5% UTM
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- Reuniones sociales, carreras, torneos por día 10% UTM
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- Ferias artesanales de juguetes, de libros, de
vestuarios, promocionales y similares, por mes
o fracción 20% UTM
-
- Autorización especial transitoria para expendio
de bebidas alcohólicas en fuentes de soda,
clubes sociales o deportivos, juntas de vecinos
y otros particulares; según el artículo No. 159
de la Ley 17,105 sobre alcoholes, bebidas
alcohólicas y vinagres, por día de funcionamiento 50% UTM
-
- Fondas, ramadas por día de funcionamiento 50% UTM
-
- Actividades comerciales en circunstancias
especiales tales como, festividades patrióticas,
religiosas y comunales, por día de funcionamiento 25% UTM
Derechos Relativos a las Concesiones y Permisos por Construcciones o Instalaciones en Bienes Nacionales de Uso Público
El permiso para instalar y construir en bienes nacionales de uso público, pagará los derechos municipales que se señalan, sin perjuicio de la contribución que por patente municipales o por permisos, correspondiere:
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- Kioscos, fondas, ramadas u otras instalaciones para ventas menores adheridas o no al suelo, por
M2 o fracción ocupado, anual 30% UTM
-
- Puestos en ferias libres o de...
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