Modifica el Inciso 3º del Art. 124, Ley General de pesca y acuicultura, con el objeto de otorgar competencia al juzgado civil de Arica por la infracciones que señala.
Fecha | 20 Julio 1993 |
Fecha de registro | 20 Julio 1993 |
Número de Iniciativa | 1039-03 |
Etapa | Tramitación terminada Ley Nº 19.323 (Diario Oficial del 18/08/1994) |
Materia | ACUICULTURA |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Senado |
Tipo de proyecto | Proyecto de acuerdo |
Desde la vigencia de la nueva normativa aplicable a los recursos pesqueros, han sido múltiples los incidentes en que se ha sorprendido a naves de pabellón extranjero pescando sin autorización en áreas cercanas a la costa de Arica.
El inciso tercero del artículo 124 de la Ley General de Pesca y Acuicultura prescribe que para el juzgamiento de las infracciones cometidas por buques extranjeros, es competente al juez civil de Iquique, lo cual, en ocasiones, ha entrabado la sustanciación de las denuncias de la autoridad marítima, pues ella debe constatar con los medios de que dispone en Arica la existencia de la infracción y formalizar posteriormente ante el juzgado de Iquique la acusación correspondiente.
La situación descrita y las diligencias que ella trae consigo - exhortos, oficios, delegaciones de poder y otras- hacen engorroso el trámite de la denuncia, con perjuicio para el interés público, todo lo cual podría evitarse si se reconociere al Tribunal de Arica competencia para ocuparse de estas infracciones.
Haciéndome cargo de esa necesidad, someto a la consideración del H. Senado el siguiente:
Artículo único.- Intercálase, en el inciso tercero del artículo 124 de la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en el decreto supremo N° 430, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 1992, entre las palabras "de" e "Iquique", la expresión "Arica,".
Artículo transitorio.- Las causas por las infracciones a que se refiere la norma mencionada en el artículo precedente de esta ley, que estuvieren en tramitación en el juzgado civil de Iquique a la fecha de vigencia de esta...
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