Modifica diversos cuerpos legales, en materia de protección de la indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes.
Fecha | 13 Junio 2022 |
Fecha de registro | 13 Junio 2022 |
Número de Iniciativa | 15071-07 |
Etapa | Primer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes. Infancia |
Autor de la iniciativa | Aravena Acuña, Carmen Gloria, Elizalde Soto, Alvaro, Gatica Bertin, María José, Moreira Barros, Iván, Ossandón Irarrázabal, Manuel José |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Senado |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Boletín N° 15.071-07
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Ossandón, señoras
Aravena y Gatica y señor Moreira, que modifica diversos cuerpos legales, en materia de
protección de la indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes.
I. Fundamentos del proyecto
Con mayor frecuencia en el ordenamiento jurídico chileno, en materia de protección
sexual de menores, se han ido dictando una serie de leyes y normas que tienen por fin evitar
daños a los niños, niñas y adolescentes en esta materia. En cuanto a los delitos sexuales contra
menores, se ha ido progresivamente reconociendo la gravedad de estos delitos mediante
distintas reformas legales que han tenido por fin prevenir, investigar y sancionar
adecuadamente conductas que son perjudiciales y nocivas para el bien integral ―corporal,
psicológico y espiritual― de todo niño, niña y adolescente. Ejemplo de ello son la Ley
N°20.526, que Sanciona el Acoso Sexual de Menores y la Posesión de Material Pornográfico
en que se Vean Involucrados Niños, la Ley N°19.927 que Sanciona la Pornografía Infantil y la
Ley N°21.160, que Declara Imprescriptibles los Delitos Sexuales Cometidos Contra Menores
de Edad, entre varias otras leyes.
Por otra parte, también se ha avanzado en proteger la indemnidad sexual de los menores
a través de leyes que han establecido la prohibición o inhabilidad de ejercer ciertos trabajos
relacionados con menores respecto de personas condenadas por delitos sexuales. Ejemplo de
ello es la Ley N°20.594, que Establece Ciertas Inhabilidades Para los Condenados por Delitos
Sexuales Contra Menores de Edad. También, recientemente se dictó la Ley N°21.421 que
Excluye de los Beneficios Carcelarios Regulados en la Ley N°19.856 a Quienes Hayan
Cometido Delitos de Carácter Sexual Contra Personas Menores de Edad.
Como se puede apreciar, el Estado de Chile ha realizado un esfuerzo sistemático para
proteger cada vez más la indemnidad sexual de los niños, niñas y adolescentes dictando leyes
que, en diversas materias y áreas, tienen por fin evitar daños y abusos en la sexualidad de los
menores de edad. No obstante, como legislador no podemos ser complaciente con todo lo
obrado, sino que, por el contrario, existe el deber de seguir avanzando en todas las reformas
legales que sean necesarias para actualizar y adecuar nuestro sistema jurídico en lo relativo a
la protección de la indemnidad sexual de nuestros niños, niñas y adolescentes. Por tales
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