Modifica el decreto ley N°3.607, de 1981, que Establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados, en materia de seguros de vida e invalidez en favor de estos trabajadores - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914505424

Modifica el decreto ley N°3.607, de 1981, que Establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados, en materia de seguros de vida e invalidez en favor de estos trabajadores

Fecha16 Enero 2017
Número de Iniciativa11096-07
Fecha de registro16 Enero 2017
MateriaSEGURO DE VIDA, VIGILANTES PRIVADOS
Autor de la iniciativaAlvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo, Coloma Alamos, Juan Antonio, De Mussy Hiriart, Felipe, Nogueira Fernández, Claudia, Norambuena Farías, Iván, Sandoval Plaza, David, Trisotti Martínez, Renzo, Turres Figueroa, Marisol, Ulloa Aguillón, Jorge, Ward Edwards, Felipe
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Modifica el decreto ley N°3.607, de 1981, que Establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados, en materia de seguros de vida e invalidez en favor de estos trabajadores

Boletín N°11096-07

I.- IDEAS GENERALES.

Sin dudas, la labor que desempeñan los guardias de seguridad en nuestro país, se erige como un trabajo sumamente importante para el mantenimiento de la seguridad en los diversos recintos custodiados por estas personas. En un país como el nuestro, celoso de mantener irrestrictamente la labor de seguridad y orden público en Carabineros de Chile, la ocupación de estos trabajadores se ejerce, a ratos, con cierto recelo y sin una normativa lo suficientemente completa para poder garantizar la eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Sin perjuicio de lo anterior, es posible indicar que desde el punto de vista de los antecedentes normativos en la regulación del trabajo de los vigilantes o guardias de seguridad existen ciertos hitos que es necesario indicar. En efecto, a partir de 1973 se hizo patente la necesidad de incorporar vigilantes o guardias privados como una forma de complementar la seguridad pública, lo anterior de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley 194 de ese mismo año. Posteriormente con la dictación del Decreto Ley 3607, se consagró la imperatividad respecto de determinadas entidades a contar con personal de vigilantes privados. Finalmente en los años 90, se consagraron normas referidas a los mecanismos de fiscalización de la vigilancia privada, pasando de las fuerzas armas a Carabineros de Chile.

Así las cosas, de acuerdo a lo anterior, todavía la actividad de los guardias de seguridad en nuestro país se torna a ratos precaria, a partir de las escasas facultades legales que promuevan su protección frente a algún ataque de una persona. Los sucesos vistos durante este año en torno a violentos atracos a centros comerciales y en donde son precisamente los guardias de seguridad los primeros en enfrentarse al delincuente, nos conducen a...

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