Modifica cuerpos legales que indica para sancionar a directores, gerentes, administradores, apoderados y representantes legales de isapres declaradas en quiebra y cuya gestión haya sido dolosa o culposa - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 931589564

Modifica cuerpos legales que indica para sancionar a directores, gerentes, administradores, apoderados y representantes legales de isapres declaradas en quiebra y cuya gestión haya sido dolosa o culposa

Número de Iniciativa15920-11
Fecha de registro10 Mayo 2023
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaAstudillo Peiretti, Danisa, Bravo Castro, Ana María, Cicardini Milla, Daniella, De Rementería Venegas, Tomás, Ilabaca Cerda, Marcos, Leiva Carvajal, Raúl, Manouchehri Lobos, Daniel, Melo Contreras, Daniel, Nuyado Ancapichún, Emilia, Soto Ferrada, Leonardo

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LEY N ° 18.046 Y DECRETO CON FUERZA DE LEY N ° 1, PARA SANCIONAR A DIRECTORES, GERENTES, ADMINISTRADORES, APODERADOS Y REPRESENTANTES LEGALES, DE INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL ABIERTAS, QUE SEAN DECLARADAS EN QUIEBRA, CUANDO SU GESTIÓN HA SIDO DOLOSA O CULPOSA.




  1. IDEAS GENERALES Y ANTECEDENTES DEL PROYECTO.


La posibilidad de una quiebra generalizada de Instituciones de Salud Previsional, ha sido documentada por distintas fuentes1 2 3 4 5 6. La crisis de las ISAPRES (especialmente en las abiertas) se ha evidenciado recientemente, al pronunciar sentencia la Corte Suprema, en las causas 16.630-2022, 25.570-2022, 14.513-2022 y 13.979-2022. El máximo tribunal ha declarado que las Instituciones de Salud Previsional, tienen los deberes jurídicos de: atenerse a un único plan base por cada contrato de salud, y no por cada beneficiario; respetar la Tabla Única de Factores elaborada por la Superintendencia de Salud y que entró en vigencia en 2020, sin distinguir entre los beneficiarios por su edad, y sin discriminar entre hombres y mujeres (dicha tabla, cabe agregar, es inmodificable en el tiempo, a menos que su modificación beneficie al cotizante); y les ha impuesto también, el deber jurídico de no efectuar cobros a los afiliados, por la cobertura de nonatos y menores de dos años, toda vez que ellos son cubiertos completamente por el GES7 8. Tras la dictación de los fallos antes referidos, las Instituciones de Salud Previsional han manifestado dudas, respecto a su capacidad para cumplir los deberes jurídicos



    1. Parada, Mario. “la Oportunidad que Abre la Crisis de las ISAPRES”. Artículo publicado en Centro de Investigación Periodística. Santiago. Chile. 18 de enero de 2023. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://www.ciperchile.cl/2023/01/18/la-oportunidad-que-abre-la-crisis-de-las-isapres/, el día 10 de febrero de 20223.

    2. Carrasco, Rodolfo. Bertolio, Iván. “Gobierno Insiste en que la Crisis de las ISAPRES es Responsabilidad de las Mismas Prestadoras”. Artículo publicado en “Diario Financiero”. Santiago. Chile. 30 de enero de 2023. Sin número de Página. Obtenido de sitio de internet https://www.df.cl/economia-y-politica/gobierno/ministra-vallejo-insiste-la- crisis-de-las-isapres-es-de-su-propia, el día 10 de febrero de 2023.

    3. Redacción Diario Financiero. “Presidente de las ISAPRES Advierte que se Puede Producir una Crisis Sanitaria”. Artículo publicado en “Diario Financiero”. Santiago. Chile. 15 de enero de 2023. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://www.df.cl/empresas/salud/presidente-de-las-isapres-advierte-que-se-puede-producir-una-crisis, el día 10 de febrero de 2023.

    4. Freixas, Meritxell. “Chile Enfrenta una Crisis sin Precedentes en su Sistema de Salud”. Artículo publicado por “Swissinfo.ch”. Berna. Suiza. 17 de enero de 2023. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://www.swissinfo.ch/spa/chile-salud_chile-enfrenta-una-crisis-sin-precedentes-en-su-sistema-de-salud-privado/ 48212194, el día 10 de febrero de 2023.

    5. Vera, Diego. “Crisis en ISAPRES: Superintendencia de Salud Presenta Aclaración ante la Suprema por Tabla de Factores”. Artículo publicado en “Biobiochile.cl”. Santiago. Chile. 26 de enero de 2023. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2023/01/26/crisis-de-isapres- superintendencia-presenta-recurso-de-aclaracion-ante-la-suprema-por-tabla-de-factor.shtml, el día 10 de febrero de 2023.

    6. Reyes, Verónica. “Marcel Asimila Crisis de ISAPRES: Dice que no Se Puede Obligar a Millones de Personas a Cambiar a FONASA”: Artículo publicado en “Biobiochile.cl”. Santiago. Chile. 30 de enero de 2023. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://www.biobiochile.cl/noticias/economia/actualidad-economica/2023/01/30/ marcel-asimila-crisis-de-isapres-y-afirma-no-se-puede-obligar-a-millones-de-personas-cambiar-a-fonasa.shtml, el día 10 de febrero de 2023.

impuestos por la Corte Suprema. Y se ha planteado como un síntoma de la crisis de esas entidades, el alto endeudamiento que ellas tienen, con prestadores de salud institucionales de carácter privado9 10. Es menester enfatizar, que la identificación de los deberes deberes jurídicos antes mencionados, ha resultado de la interpretación efectuada por la jurisprudencia, de las obligaciones contractuales asumidas por las ISAPRES con sus afiliados. Y también cabe considerar, que los contratos generadores de dichas obligaciones, han sido y deben ser interpretados atendiendo a las normas jurídicas, relativas tanto a la contratación en general, como a las potestades detentadas por instituciones públicas y a los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, a los destinatarios de prestaciones de salud. Es relevante enfatizar además que las ISAPRES abiertas, habitualmente han sido controladas por grandes contribuyentes de la economía nacional; y en ocasiones, han estado sujetas al control de grupos empresariales transnacionales11. También es atingente considerar, que no obstante el endeudamiento antes referido, estas entidades con frecuencia han estado vinculadas con prestadores de salud privados institucionales, ya sea por compartir administradores con estos últimos; o por existir inversiones directas o indirectas12. Difícilmente podría aducirse que las obligaciones impuestas, por la contratación de planes de salud con los afiliados y por la interpretación jurisprudencial de esas obligaciones, supere la cuantía del acervo involucrado en el patrimonio y en las relaciones jurídicas habituales, de las Instituciones de Salud Previsional con otras personas jurídicas13. Lo anterior, independientemente del patrimonio actualmente exigido por el Decreto con Fuerza de Ley N ° 1 de 2006 (específicamente por su artículo 178)14, para la existencia de dichas entidades. Cabe agregar que durante muchos años, se ha informado en Chile acerca de un incremento consistente, de las utilidades de dichas personas jurídicas15



    1. Presa y Comunicaciones de Poder Judicial. “Corte Suprema Acoge Recursos de Protección y Fija Doctrina Respecto a Plan Base y Tablas de Factores de ISAPRES”. Poder Judicial. República de Chile. Santiago. Chile. 1 de diciembre de 2022. Sin número de página. Información obtenida de sitio de internet https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/83477, el día 28 de febrero de 2023.

    2. Departamento de Ingeniería Comercial. “ISAPRES en Crisis”. Información publicada por Universidad Federico Santa María. Valparaíso. Chile. Fecha de publicación desconocida. Sin número de página. Obtenida de sitio de internet https://comercial.usm.cl/columnas_de_opinion/isapres-en-crisis/, el día 13 de febrero de 2023.

    3. Redacción Diario Financiero. Op. cit. Sin número de página.

    4. Redacción Cooperativa.cl. “Clínicas: La Deuda de las ISAPRES Aumentó en 80 % en 2022, Alcanzando Niveles Insostenibles”. Artículo publicado en “Cooperativa.cl”. Santiago. Chile. 13 de enero de 2023. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://cooperativa.cl/noticias/pais/salud/isapre/clinicas-la-deuda-de-las-isapres-aumento- 80-en-2022-alcanzando/2023-01-13/142811.html:~:text=El%20monto%20adeudado%20supera%20hoy%20los

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%20de,las%20aseguradoras%20privadas%20de%20salud., el día 13 de febrero de 2023.

    1. Marusic, Mariana. “Escáner a las ISAPRES en el Momento más Difícil de la Industria”. Artículo publicado en Diario “La Tercera”. Santiago. Chile. 5 de agosto de 2022. Sin número de página. Obtenido de sitio de internet https://www.latercera.com/pulso/noticia/escaner-a-las-isapres-en-elmomento-mas-dificil-de-la-industria/ 44D6AYZMXRHGNBP4P7WORT7FZE/:~:text=El%20resto%20est%C3%A1%20en%20la,salud%20y

%201.277.445%20cargas , el día 22 de enero de 2023

    1. Departamento de Estudios y Desarrollo. “Prestadores de Salud, ISAPRES y Holdings: ¿Relación Estrecha?”. Superintendencia de Salud. Gobierno de Chile. Santiago. Chile. 2013. P. p. 6-10. Obtenido de sitio de internet https://www.supersalud.gob.cl/documentacion/666/articles-8826_recurso_1.pdf, el día 22 de enero de 2023.

    2. Ibídem. P. 40.

    3. Biblioteca del Congreso Nacional. “Decreto con Fuerza de Ley N ° 1. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley N ° 2763 y de las Leyes N ° 18.933 y 18.469”. República de...

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