Modifica cuerpos legales que indica para tipificar y aplicar una nueva agravante que resguarda a la persona del denunciante - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914509533

Modifica cuerpos legales que indica para tipificar y aplicar una nueva agravante que resguarda a la persona del denunciante

Fecha17 Octubre 2022
Número de Iniciativa15430-07
Fecha de registro17 Octubre 2022
Autor de la iniciativaBarría Angulo, Héctor, Bianchi Chelech, Carlos, Camaño Cárdenas, Felipe, Cicardini Milla, Daniella, Cifuentes Lillo, Ricardo, Oyarzo Figueroa, Rubén Dario
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA UN NUEVO AGRAVANTE AL ARTÍCULO
N°12 DEL CÓDIGO PENAL Y MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL PENAL
OTORGANDO RESGUARDO A LA PERSONA DEL DENUNCIANTE.
Fundamentos
1. Las agravantes son circunstancias modificatorias de la responsabilidad
penal. En nuestro ordenamiento jurídico existen agravantes genéricas y
específicas (nos referimos a las primeras para hacer mención a las
agravantes establecidas para todo tipo de delitos, es decir las del artículo
n°12 del Código Penal). Por su parte también existen agravantes
específicas, para ciertos tipos de delitos, tales como la establecida en el
artículo 456 bis del mismo Código.
2. La función de las agravantes es aumentar la penalidad del delito, debido
a la concurrencia de un desvalor adicional, que hace que la conducta
típica sea más gravosa para la sociedad, razón por la cual debe ser
perseguida de una manera más fuerte politicacriminalmente hablando.
3. Actualmente existe un catálogo amplio de agravantes establecidas en
diferentes cuerpos legales, y como comentamos hace un momento, el
catálogo general de agravantes se encuentra establecido en el artículo
n°12 del Código penal, razón por la cual, toda incorporación de una
agravante genérica debe ser establecida en dicho artículo.
4. La víctima según el artículo n°12 del Código Procesal Penal, se reconoce
como un interviniente dentro del proceso penal, esta calidad le entrega
ciertos derechos y deberes dentro del mismo.
17-10-2022
18:00

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