Decreto 680 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241203774

Decreto 680 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A.

Santiago, 13 de noviembre de 2006.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 680.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. La resolución exenta Nº 1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

  5. El decreto supremo Nº 146 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 41.152 de 04.07.2006.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación del extracto de la solicitud de modificación de concesión,

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel Telefonía Móvil S.A., RUT Nº 96.679.680-4, con domicilio en Av. Andrés Bello Nº 2.711, piso 14º, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar las características técnicas de la estación repetidora denominada Fe Grande, autorizada por decreto supremo Nº 6 de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quedando como a continuación se indica:

      VER DIARIO OFICIAL DE 11.01.2006, PÁGINA 9.

      Los plazos de inicio de obra, término de obra e inicio de servicio y demás características técnicas se mantienen...

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