Decreto 742 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A.
Santiago, 29 de noviembre de 2006.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 742.- Vistos:
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El decreto ley N°1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La ley N°18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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El N°1 del artículo 3° del párrafo III de la resolución N°55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución N° 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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La resolución exenta N°1117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
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El decreto supremo N°146 de 1997 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N°48.044 de 11.08.2006.
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La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, Ingreso Subtel N° 50.069 de 25.08.2006, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel Telefonía Móvil S. A., R.U.T. N° 96.679.680-4, con domicilio en Av. Andrés Bello N°2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar trece (13) estaciones base:
VER DIARIO OFICIAL DE 18.01.2007, PÁGINA 20.
Las estaciones base se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
VER DIARIO OFICIAL DE 18.01.2007, PÁGINA 20.
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente...
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