Modifica el Código del Trabajo y otros textos legales, con el propósito de prohibir a las empresas del Estado dedicadas al transporte público de pasajeros la subcontratación de servicios de mantenimiento
Fecha | 06 Enero 2016 |
Número de Iniciativa | 10508-13 |
Fecha de registro | 06 Enero 2016 |
Autor de la iniciativa | Hernando Pérez, Marcela, Lorenzini Basso, Pablo, Monsalve Benavides, Manuel, Rocafull López, Luis, Torres Jeldes, Víctor, Venegas Cárdenas, Mario |
Materia | CÓDIGO DEL TRABAJO, SUBCONTRATACIÓN |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Trabajo y Seguridad Social |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO Y OTROS TEXTOS LEGALES, CON EL PROPÓSITO DE PROHIBIR A LAS EMPRESAS DEL ESTADO DEDICADAS AL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS LA SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
BOLETÍN N° 10508-13.
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El año 2007 entró en vigencia en nuestro país la nueva ley de subcontratación, la cual tiene por objeto regular el trabajo bajo este régimen que se define como “aquél realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, cuando éste, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada la empresa principal, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas”1.
La subcontratación existe en el mundo privado y también en las instituciones y en las empresas estatales, y se rige por las normas que establece el Código del Trabajo en el Título VII del Libro I. En este ámbito es la Contraloría General de la República la que tiene la competencia para determinar qué servicios y bajo que modalidad pueden ser contratados bajo este régimen por parte del Estado.
En el dictamen 002594N08 del 23 de enero del año 2008, el órgano contralor determinó que deben entenderse incluidas en el concepto de “empresa principal” del que habla el artículo 183-A del Código del Trabajo, las entidades u organismos de la Administración del Estado. Quedando estas obligadas a responder solidariamente respecto de las obligaciones laborales y previsionales a favor de los trabajadores.
Por lo anterior, es que las empresas del Estado que se dedican al transporte público de pasajeros, en la actualidad la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. pueden subcontratar trabajadores para faenas determinadas, tales como servicios de aseo o mantenimiento de su material rodante.
La Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) es una persona jurídica de derecho público, que constituye una empresa autónoma del Estado, que cuenta con un patrimonio propio y está relacionada con el Gobierno a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Según la ley, tiene por objeto establecer, desarrollar, impulsar, mantener y explotar servicios de transporte de pasajeros y carga realizados por medio de vías férreas.
Actualmente, EFE desempeña sus servicios a través de filiales constituidas como Sociedades Anónimas, estas son:
1. Trenes Metropolitanos S.A.: Empresa operadora de los servicios de Metrotren, Terrasur y Buscarril, las cuales conectan a la Región Metropolitana con la Región del Biobío y sus intermedios. De ellos, el que transporta un mayor número de pasajeros es Metrotren, tren suburbano que recorre desde la Estación Central hasta San Fernando, siendo esencial para la conectividad de la VI Región y las comunas de la zona sur de la capital, tales como San Bernardo, Buin y Paine, con Santiago. Por su parte Terra Sur presenta servicios desde Santiago a Chillán y Buscarril de Talca a Constitución.
2.- Metro Regional de Valparaíso S.A.: Empresa que brinda el servicio de transporte ferroviario de pasajeros entre las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué, Villa Alemana y Limache. Resultando de...
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