Modifica el Código del Trabajo, regulando la actividad de niños artistas menores de 15 años. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914504044

Modifica el Código del Trabajo, regulando la actividad de niños artistas menores de 15 años.

Fecha20 Abril 2004
Número de Iniciativa3501-13
Fecha de registro20 Abril 2004
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaLeal Labrín, Antonio, Navarro Brain, Alejandro
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

MODIFICA EL CODIGO DEL TRABAJO REGULANDO LA ACTIVIDAD DE NIÑOS ARTISTAS MENORES DE 15 AÑOS



BOLETÍN N°3501-13



"La experiencia demuestra que en cualquier sociedad que se industrialice, la explotación de la niñez constituye la lacra social más horrible, la más insoportable para el espíritu humano, la perversidad que se está dispuesto a subsanar inmediatamente.

Un trabajo serio en materia de legislación social siempre comienza con la protección de los niños".


Albert Thomas

Primer Director General de la OIT


PREÁMBULO


En virtud de la importancia de los principios y derechos afectados por el trabajo infantil, desde comienzos de la década del 90, ha crecido la atención que se dedica a este tema. La realidad mundial muestra que millones de niños trabajan en todo el mundo (250.000.000 según estimaciones de la OIT), hecho que afecta profundamente sus posibilidades de desarrollo futuro, las de sus familias y las de las sociedades en general.


Hasta hace poco, el trabajo infantil era visto con relativa apatía y se consideraba como un derivado natural de la pobreza y rara vez era objeto de políticas gubernamentales. Hoy en día, la lucha contra el trabajo infantil ha ganado importancia a nivel gubernamental, de ONG's, sindicatos, organizaciones de empleadores y organismos internacionales, existiendo un mayor compromiso con los derechos humanos en general y de los niños en particular.


Si bien no existe una única y consensuada definición de "trabajo infantil", se puede caracterizar como aquel que priva a los niños de su infancia y su dignidad, impide que accedan a la educación y adquieran calificaciones, y se lleva a cabo en condiciones deplorables y perjudiciales para su salud y desarrollo.


La causa principal de este fenómeno es la pobreza. Los ingresos obtenidos con el trabajo de niños muchas veces contribuyen a la subsistencia familiar. Sin embargo, esto perjudica sus posibilidades de educación y muchas veces trae aparejado riesgos que pueden dificultar su desarrollo físico, psíquico y social, al incorporarse, en una edad inadecuada a una realidad inapropiada.


La consecuente falta de educación desemboca en la perpetuación de la pobreza. De esta manera se genera un círculo vicioso de transmisión de la misma de generación en generación. Soluciona inconvenientes a corto plazo pero empeora sus condiciones de vida futuras. Por ello, se ha avanzado también, en la protección jurídica internacional de los niños en relación al trabajo infantil y al derecho a la educación.


Como constituye una violación de derechos humanos tan fundamentales, el trabajo infantil debe ser proscrito sin reservas tanto a nivel internacional como nacional. Existen así acuerdos internacionales importantes y complementarios que ofrecen un marco para la elaboración de políticas y para avanzar hacia una mayor vinculación entre la educación y la abolición del trabajo infantil.


Es evidente que el número de niños trabajadores describe sólo una parte de la situación general. Para entender este fenómeno complejo es necesario examinar detalladamente las características de la participación de las niñas y los niños en el trabajo, en los diferentes sectores económicos y contextos sociales. Esto permitirá esclarecer las causas y las consecuencias de los distintos tipos de trabajo en diferentes grupos de niños (por ejemplo, en función del sexo, la edad, la pertenencia étnica, la nutrición, la salud y la situación socioeconómica). Algunas actividades que a primera vista parecen inofensivas pueden, terminar siendo perjudiciales para los niños que las realizan, en el largo plazo. No obstante, es un ámbito que requiere mayor investigación.


En la OIT, el IPEC (International Programme on the Elimination of Child Labour), ha estado a la vanguardia de los esfuerzos destinados a combatir el trabajo infantil desde su creación en 1992. El programa se ha desarrollado notablemente, en particular desde el año 2000, y actualmente funciona en 75 países, incluido Chile. El IPEC, fomenta y facilita la ratificación de convenios y los cambios en materia de legislación y de política, las campañas de sensibilización y movilización de la comunidad, y la creación de capacidad en las distintas instituciones encargadas de los niños y del trabajo infantil.


La expresión trabajo infantil no se refiere a todos los tipos de trabajo realizados por niños de menos de 18 años de edad. Son millones los jóvenes que realizan trabajos legítimos, remunerados o no, y que son adecuados para su edad y grado de madurez. Al realizarlo aprenden a asumir responsabilidades, adquieren aptitudes, ayudan a sus familias, incrementan su bienestar y sus ingresos, y contribuyen a las economías de sus países.


En el concepto de trabajo infantil no se incluyen actividades como la de ayudar, después de la escuela y realizados los deberes escolares, en los trabajos de la casa o el jardín, el cuidado de los niños o cualquier otra labor ligera. Pretender otra cosa sólo serviría para trivializar la genuina privación de infancia que sufren los millones de niños implicados en el trabajo infantil, que es el que realmente debe abolirse.


Con el fin de abolir el trabajo infantil, distintas legislaciones nacionales han fijado una(s) edad(es) mínimas) en las que los niños pueden empezar a realizar distintos tipos de trabajos. Dentro de ciertos límites, estas edades pueden variar en función de las circunstancias sociales y económicas del país. La edad mínima general para la admisión al empleo no debería ser inferior a la edad de terminación de la escolaridad obligatoria y no debería ser inferior a 15 años; pero 16 años es la edad mínima general considerada por los países. Algunas naciones en desarrollo han introducido excepciones y aplican una edad mínima de 14 años. Así también, en otros países, el trabajo infantil que es compatible con la escolarización se permite a partir de los 12 años. En todos estos lugares los niños que empiezan a trabajar, cuando aún no han alcanzado la edad mínima especificada para ello, se clasifican como niños trabajadores.


Además, un determinado trabajo puede perjudicar a un niño por la tarea en sí que hay que realizar, por los instrumentos que se utilizan, por los horarios o condiciones de trabajo, o por cualquier otro factor que afecte a su desarrollo físico, mental, emocional, psicológico, moral o espiritual. Los trabajadores de menos de 18 años de edad corren riesgos de salud y seguridad superiores a los de los adultos. Hallándose en proceso de crecimiento y desarrollo, los niños son más susceptibles a los riesgos del trabajo, y su exposición al polvo, y a sustancias químicas y otras sustancias, así como a las tensiones físicas, pueden causar daños irreversibles a sus organismos en crecimiento. Tensiones físicas crónicas sobre huesos y articulaciones en crecimiento pueden impedir el desarrollo de los mismos, causar lesiones medulares u otras deformaciones definitivas. Además, tareas que serían inocuas para niños bien alimentados y constituidos pueden dañar a otros que se encuentran en estado de malnutrición.


Incluso trabajos aparentemente ligeros pueden ser peligrosos para niños que se encuentran agotados tras una larga jornada laboral. La falta de madurez y de experiencia puede dar lugar a que los niños asuman o acepten riesgos que un mayor edad sabría evitar. Es posible también que los niños que trabajan puedan sufrir otros efectos menos evidentes pero también debilitadores que a primera vista parezcan inocuos, como, por ejemplo, un golpe de calor que pueda producirse tras largas horas de pastoreo o una exposición a productos agroquímicos en cultivos agrícolas.


Sólo se podrá progresar en el combate al trabajo infantil partiendo de políticas coherentes, asumidas y dirigidas en el plano nacional, que se centren en los niños y que propicien un cambio positivo en las comunidades en las que éstos viven y trabajan. La participación activa de los empleadores, los trabajadores y sus respectivas organizaciones, así como de los gobiernos, los legisladores, ONG's y medios de comunicación seguirá siendo crucial, y los organismos internacionales tendrán que reforzar su colaboración.


La experiencia...

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