Modifica el Código del Trabajo en materia de sanción por incumplimiento de normas sobre inclusión laboral de personas con discapacidad - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513901

Modifica el Código del Trabajo en materia de sanción por incumplimiento de normas sobre inclusión laboral de personas con discapacidad

Fecha17 Mayo 2022
Número de Iniciativa15000-13
Fecha de registro17 Mayo 2022
Autor de la iniciativaAhumada Palma, Yovana, Alessandri Vergara, Jorge, Ibáñez Cotroneo, Diego, Jouannet Valderrama, Andrés, Labbé Martínez, Cristian, Longton Herrera, Andrés, Orsini Pascal, Maite, Ossandón Irarrázabal, Ximena, Santana Castillo, Juan, Undurraga Gazitúa, Francisco
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Trabajo y Seguridad Social
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
1
Modifica el Código del Trabajo, adecuando las normas relativas a inclusión laboral de las
personas con discapacidad
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de
la República, lo previsto en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional
y lo establecido en el reglamento de la H. Cámara de Diputados y conforme a los
antecedentes y fundamentos que se indican a continuación, vengo en presentar la siguiente
moción.
Antecedentes.
a. Promulgación Ley N° 21.015.
La Ley N° 21.015 de 2017, que Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad
al Mundo Laboral, en su artículo incluyó en el Código del Trabajo la obligación de que
aquellas empresas de 100 o más trabajadores debieran contratar o mantener contratados
al menos a un 1% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de
invalidez, en relación al total de sus trabajadores.
b. Multas asociadas al incumplimiento de la Ley N° 21.015.
Conforme a lo establecido en el artículo 14° del Reglamento de la Ley de Inclusión
Laboral (Decreto N° 64, del Ministerio del Trabajo, de fecha 1 de febrero de 2018), las
infracciones a la obligación de contar con al menos un 1 % de personas con discapacidad o
que sean asignatarias de una pensión de invalidez en relación al total de sus trabajadores,
serán sancionadas de acuerdo a lo prescrito en el tulo final del Libro V del Código del
Trabajo.
En razón de ello, corresponde aplicarse las sanciones contenidas en el artículo 506
del Código del Trabajo, el cual indica que: “Tratándose de medianas empresas, la sanción
ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales. Tratándose de grandes empresas, la
sanción ascenderá de 3 a 60 unidades tributarias mensuales.”
Lo anterior significa que para una empresa que tenga contratada entre 100 y 199
trabajadores, la infracción por incumplir la Ley de Inclusión Laboral, al valor noviembr e de
2021 de la UTM, fluctuará entre los $106.952 y los $2.139.040
A su vez, para una empresa que tenga contratados 200 o más trabajadores, la
infracción por incumplir la Ley de Inclusión Laboral, al valor noviembre de 2021 de la UTM,
fluctuará entre los $160.428 y los $3.208.560.
17-05-2022
17:34

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