Modifica el Código Sanitario con el objeto de incorporar en su regulación los servicios profesionales de la psicopedagogía - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914498034

Modifica el Código Sanitario con el objeto de incorporar en su regulación los servicios profesionales de la psicopedagogía

Fecha18 Julio 2019
Número de Iniciativa12811-11
Fecha de registro18 Julio 2019
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Salud
MateriaPSICOPEDAGOGIA
Autor de la iniciativaBobadilla Muñoz, Sergio, Girardi Lavín, Cristina, González Torres, Rodrigo, Pardo Sáinz, Luis, Rey Martínez, Hugo, Rojas Valderrama, Camila, Santana Castillo, Juan, Vallejo Dowling, Camila, Venegas Cárdenas, Mario, Winter Etcheberry, Gonzalo
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Modifica el Código Sanitario con el objeto de incorporar en su regulación los servicios profesionales de la psicopedagogía


Boletín N° 12811-11



ANTECEDENTES

La Ley N° 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, señala en su artículo 8° que las personas con discapacidad tienen derecho, a lo largo de todo su ciclo vital y mientras sea necesario, a la rehabilitación y a acceder a los apoyos, terapias y profesionales necesarios para ello, sin embargo, este último punto es cuestionable, ya que, dentro del listado de profesionales competentes para trabajar con Personas en Situación de Discapacidad (PeSD) no se hace alusión al profesional psicopedagogo quién posee las herramientas necesarias para abordar una multiplicidad de variables que pueden afectar a las Personas en Situación de Discapacidad (PeSD), tales como: barreras contextuales, actitudinales y ambientales. Tal situación, vista desde los Derechos Humanos de las PeSD, se asocia a una vulneración de éstos al no proveer los recursos necesarios para la inclusión social y laboral.


Considerando la importancia que tiene el aprendizaje de habilidades para la vida (sociales, cognitivas y para el control de emociones), del pensamiento (literal, inferencial, crítico) e instrumentales (lectura, escritura, cálculo) en la Inclusión Social y/o laboral de las PeSD, se hace necesario, entonces, contar con un profesional que sea especialista en ello, en el aprendizaje de naturaleza humana en todas sus etapas del Ciclo Vital, siendo el psicopedagogo, el profesional competente para ello pues, cuenta con las herramientas necesarias para realizar un proceso de evaluación e intervención acorde a las necesidades de cada PeSD, sin embargo, como veremos en el siguiente listado de profesionales competentes que pueden integrar las comisiones de medicina preventiva e invalidez: Sicólogo, Fonoaudiólogo, Asistente Social, Educador Especial o Diferencial, Kinesiólogo o Terapeuta Ocupacional que hace alusión al artículo 8 y 13 de la ley mencionada, no se hace mención al profesional psicopedagogo quién se enfoca en abordar el aprendizaje en todas sus dimensiones y desde un enfoque rehabilitador.


Al integrar al psicopedagogo en la comisión de medicina preventiva e invalidez, las PeSD contarán con un profesional que se centra en intervenir en los procesos a la base de una dificultad y que impide el aprendizaje y desarrollo de habilidades que van en directo beneficio del desarrollo integral de las personas. La ausencia del profesional Psicopedagogo podría incrementar las barreras que impedirán una real inclusión social y laboral de las PeSD.


Por otra parte, conforme al artículo 8° del Decreto Supremo N° 16, del Ministerio de Salud, los profesionales que pueden tener registro de prestadores individuales de salud son los siguientes: Médicos Cirujanos, Dentista o Cirujanos Dentistas, Enfermeros, Matronas, Tecnólogos médicos, Sicólogos, Kinesiólogos, Farmacéuticos y Químico Farmacéutico, Bioquímicos, Fonoaudiólogos, Terapeutas Ocupacionales. Lista que deja de lado a aquel profesional que puede dar un apoyo en el aprendizaje y en el área de salud mental para las PeSD.


NECESIDAD DE INCORPORAR AL PROFESIONAL PSICOPEDAGOGO EN EL CÓDIGO SANITARIO.


Se requiere que el profesional Psicopedagogo pueda ser incorporado en el Código Sanitario, para que éste pueda ser considerado como un profesional ligado al ámbito de la salud, en tanto sus objetivos se centran en desarrollar habilidades para la vida, del pensamiento e instrumentales que permitirán a la PeSD avanzar en la adquisición de los...

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