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Modifica el Código Procesal Penal en materia de prisión preventiva por peligro de fuga, en el caso de extranjeros indocumentados que cometan delitos en territorio nacional

Número de Iniciativa15842-07
Fecha de registro17 Abril 2023
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaAlessandri Vergara, Jorge, Bórquez Montecinos, Fernando, Bravo Salinas, Marta, Carter Fernández, Álvaro, Fuenzalida Cobo, Juan, Leal Bizama, Henry, Martínez Ramírez, Cristóbal, Pérez Cartes, Marlene, Romero Talguia, Natalia, Trisotti Martínez, Renzo


Modifica el Código Procesal Penal, en materia de prisión preventiva por peligro de fuga, en el caso de extranjeros indocumentados que cometan delitos en el territorio nacional




Fundamentos


  1. El aumento de los delitos violentos se ha transformado en una de las principales preocupaciones de los chilenos, quienes a diario exigen de sus autoridades acciones y medidas concretas para enfrentar la actividad delictual y el impacto de este flagelo en el normal desarrollo de nuestras ciudades. Este panorama ha afectado considerablemente la percepción ciudadana en materia de seguridad y la capacidad del Estado de Derecho para perseguir y sancionar a aquellos que actúan al margen de la ley. Muestra de ello es que la encuesta Cadem del mes de marzo, señaló que un 82% de los consultados cree que la delincuencia aumentó en los primeros tres meses del año 2023 y un 76% manifestó su temor a ser víctima de un delito.


  1. En tal contexto, se ha generado una preocupante sensación de impunidad, pues ya no solo se trata del temor a la delincuencia común, sino que a hechos más complejos por el avance del crimen organizado -vinculado a otros flagelos de igual gravedad, como el narcotráfico- y la expansión de nuevas modalidades delictivas tras la llegada de peligrosos carteles transnacionales que ya operan en el país -entre ellos, el “Tren de Aragua”, “Jalisco Nueva Generación” y el de “Sinaloa”-. Un aspecto que ha tenido una incidencia directa en la realidad delictual que afecta al país es la crisis migratoria y el aumento de la participación de extranjeros irregulares en la comisión de delitos violentos.


  1. Según cifras del Poder Judicial, el número de extranjeros formalizados por la muerte de terceros refleja un incremento significativo desde el año 2018. Solo a modo de ejemplo, durante el año 2021, se registraron 41 formalizaciones, cifra que aumentó a 136 en 2022, lo que representa un alza anual de 231,71 %. Este dato es muy superior a las 37 formalizaciones que ocurrieron en 2018, así como las cifras de años posteriores: 35 en 2019 y 20 en 2020. Asimismo, la información disponible muestra que la mayor participación de extranjeros se da en delitos violentos, tales como homicidio simple, homicidio calificado y femicidio íntimo. La gravedad de esta situación radica en que la persecución penal se torna particularmente difícil cuando los responsables corresponden a extranjeros indocumentados. Junto con ello, otra dificultad surge a raíz de la amenaza que implica para los testigos, las víctimas y sus familias la red de protección de los imputados, lo que genera mayor complejidad en el desarrollo de las investigaciones y, en general, en el proceso de persecución penal1.



1 José Troncoso. Citado en: “Con ‘bagaje de violencia superior’: extranjeros formalizados por homicidios aumentan un 270% en 4 años”. Disponible en: https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/reportajes/2023/03/19/con- bagaje-de-violencia-superior-extranjeros-formalizados-por-homicidios-aumentan-un-270-en-4-anos.shtml

  1. Cabe señalar que la realidad asociada al delito de homicidio es preocupante a raíz de las dificultades que se han presentado en la determinación e identificación de los responsables, pues, según un informe estadístico elaborado por el Ministerio Público, un 40% de los casos de homicidio en 2021 tuvieron imputados desconocidos, lo que representa un alza del 7% respecto del período anterior2. Esta situación incide directamente en la capacidad del Sistema de Justicia Penal para dar impulso procesal a las causas y, en definitiva, dictar sentencias condenatorias en contra de quienes resulten responsables, especialmente considerando que la participación de extranjeros formalizados en delitos de homicidio registra un creciente aumento en los últimos cuatro años, como ya se señaló anteriormente.


  1. En este escenario, el Fiscal Nacional, Ángel Valencia, planteó la necesidad de avanzar en “reglas más claras y más precisas” que contribuyan a la identificación de extranjeros indocumentados, señalando que la circunstancia de no contar con cédula de identidad constituye un obstáculo para las investigaciones. Por ello, recientemente anunció que el Ministerio Público procederá a la formalización de la investigación y solicitará a los tribunales la prisión preventiva por peligro de fuga, en todos los casos de migrantes detenidos por crimen o simple delito, que no cuenten con el documento para acreditar su identidad3.


  1. Para tales efectos, el fiscal regional metropolitano Centro Norte, Xavier Armendáriz, a través del oficio Nº147, informó a abogados y fiscales, los “criterios de actuación frente a extranjeros sin documentos chilenos de identificación oficiales”, reconociendo la necesidad de instruir medidas especiales frente a la realidad que se detecta en los actuales procesos penales, donde el “25% de los imputados que pasan a control de detención son extranjeros y, de ese porcentaje, el 50% no cuenta con RUN en el Registro Civil de nuestro país, lo que conlleva a problemas de registro e identificación, así como también problemas de carácter procesal”4. En la misma oportunidad, señaló que todos los imputados de nacionalidad extranjera por crímenes o simples delitos en el territorio nacional, que no cuenten con Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte, “deberán pasar a control de detención”. También agregó que la medida será aplicable a aquellos que cuenten con dichos documentos, pero que “no tengan RUN provisorio en el país”.


  1. En tal contexto, el Ministerio Público pedirá la prisión preventiva de los imputados hasta contar con un RUN provisorio, para lo cual el tribunal deberá oficiar -a petición de los persecutores- al Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación. Además, se indicó que “en aquellos casos que el RUN provisorio no sea informado por parte del Registro Civil estando este pendiente, los fiscales procederán a formalizar la investigación solicitando la medida cautelar de prisión preventiva para asegurar la realización y obtención del RUN provisorio y la plena identificación del imputado como un fin del procedimiento y evitar así la fuga del país de los mismos”, todo ello con el objeto de que extranjeros indocumentados no queden en libertad sin “su debido registro e identificación en el país”5.



2 “Informe Estadístico: homicidios en Chile” (2021). Ministerio Público de Chile, pág. 24. Disponible en: http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/Informe_homicidios_2021_final.pdf

3 “Ministerio de Justicia y Fiscalía coordinan mecanismo para identificar indocumentados”. Diario El Mercurio. Cuerpo C1. 07 de abril de 2023.

4 “Instructivo a fiscales por extranjeros indocumentados: por qué pedir prisión preventiva y apelar a rechazo de cautelar”. Diario El Mercurio. Cuerpo C3. 08 de abril de 2023.

5 Idem.

  1. A nuestro juicio, el criterio del Fiscal Nacional responde de manera lógica a las dificultades que se han presentando en el Sistema Penal de Justicia, particularmente en la primera etapa de las investigaciones, cuando no es posible acreditar la identidad de migrantes irregulares que han participado en la comisión de delitos. Al respecto, el fiscal regional metropolitano Sur, Héctor Barros, declaró que el problema radica en que si un extranjero indocumentado queda en libertad y entrega “una identidad determinada sin que se haya hecho el canje penal (RUT provisorio), mañana puede cometer otro delito”, informando un nombre diferente -práctica habitual entre delincuentes extranjeros sin documento de identidad-, lo que representa una dificultad que preocupa a los persecutores penales, ya que, en dichas circunstancias, resulta imposible determinar si se trata o no del mismo sujeto6.


  1. Sobre el particular, se debe hacer presente que el criterio del Fiscal Nacional fue aplicado recientemente por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, en el caso de un sujeto venezolano detenido por homicidio frustrado de carabinero, luego de que intentara atropellar con una motocicleta al funcionario policial, durante un patrullaje en la comuna de Maipú, el pasado 07 de abril. El Ministerio Público informó que el agresor tenía un DNI de su país de origen “aparentemente trucado” y que no contaba con RUT provisorio. En principio, quedó con las medidas cautelares de arraigo nacional y firma, pero la Fiscalía apeló y logró que el tribunal de alzada revocara la resolución apelada y ordenara la prisión preventiva, en razón de que...

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