Modifica el Código Penal para tipificar el delito de maltrato de obra a personal de bomberos en actos de servicio
Fecha | 30 Junio 2015 |
Número de Iniciativa | 10167-07 |
Fecha de registro | 30 Junio 2015 |
Etapa | Tramitación terminada Ley N° 21.246 (Diario Oficial del 21/07/2020) |
Materia | BOMBEROS DE CHILE, CÓDIGO PENAL, CUERPO DE BOMBEROS DE CHILE, MALTRATO DE OBRA, PERSONAL |
Autor de la iniciativa | Barros Montero, Ramón, Coloma Alamos, Juan Antonio, Gahona Salazar, Sergio, Hasbún Selume, Gustavo, Hoffmann Opazo, María José, Morales Muñoz, Celso, Nogueira Fernández, Claudia, Norambuena Farías, Iván, Ulloa Aguillón, Jorge, Ward Edwards, Felipe |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica el Código Penal para tipificar el delito de maltrato de obra a personal de bomberos en actos de servicio.
Boletín N°10167-07
I.- IDEAS GENERALES.
El cuerpo de bomberos de Chile constituye una institución presente desde la fundación de nuestra nación, la necesidad de sus servicios es absoluta y manifiesta, requiriéndose de sus funciones todos los días del año y las 24 horas del día. De esta forma el servicio que prestan al país es de la más alta consideración y a partir de ello su tratamiento normativo debe ser especial y directo capaz de regular sus inquietudes o necesidades fundamentales.
El artículo 1° de la ley 20.564 Marco de Bomberos distingue a esta institución como un servicio de utilidad pública, atendiendo gratuitamente y de forma voluntaria las emergencias ocasionadas por la naturaleza o el ser humano. De esta manera le corresponde al cuerpo de Bomberos la difícil tarea de hacer frente a los incendios de diversa especie y en distintos lugares, hecho que requiere de un alto profesionalismo y equipamiento, pero fundamentalmente de vocación y espíritu de ayuda hacia la comunidad en general.
Prueba de lo anterior, lo constituye la circunstancia que como poco cuerpos de bomberos existentes en el mundo, el de nuestro país, sus integrantes no perciben remuneración alguna por el desempeño de su alta labor social, hecho que sin lugar a dudas, implica dos cosas fundamentales: la primera el esfuerzo encomiable que este grupo de chilenos efectúa día a día para el ejercicio exitoso de su labor bomberil y la otra la necesidad de dotar a esta institución de medidas de carácter normativo tendientes a establecer estatutos de protección tanto en su posición jurídica como también en sus herramientas de trabajo.
Al respecto, sólo hace algunos años dicha preocupación no se plasmaba en los hechos y en tal sentido la labor de los bomberos en Chile se encontraba sumamente desprotegida. Con la entrada en vigencia de la ley 20.564 se consagró una legislación que no sólo vino a llenar...
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