Modifica el Código Penal, para eximir de responsabilidad penal a quienes, por motivos insalvables de salud, necesidad de alimentación, o por exigencias de su empleador, incurran en el delito que sanciona la infracción a las restricciones sanitarias establecidas por la autoridad - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914498036

Modifica el Código Penal, para eximir de responsabilidad penal a quienes, por motivos insalvables de salud, necesidad de alimentación, o por exigencias de su empleador, incurran en el delito que sanciona la infracción a las restricciones sanitarias establecidas por la autoridad

Fecha06 Julio 2020
Número de Iniciativa13633-07
Fecha de registro06 Julio 2020
Autor de la iniciativaGirardi Lavín, Cristina, Gutiérrez Gálvez, Hugo, Hirsch Goldschmidt, Tomás, Jiles Moreno, Pamela, Saffirio Espinoza, René
MateriaCORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción



Modifica el Código Penal, para eximir de responsabilidad penal a quienes, por motivos insalvables de salud, necesidad de alimentación, o por exigencias de su empleador, incurran en el delito que sanciona la infracción a las restricciones sanitarias establecidas por la autoridad


Boletín N° 13633-07.



De conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo prevenido en la ley Nº18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido en el reglamento de la H. Cámara de Diputados y conforme los fundamentos que se reproducen a continuación vengo en presentar la siguiente moción.


Considerando:


Actualmente enfrentamos una pandemia mundial con la propagación del virus COVID-19. La Organización Mundial de la Salud (OMS) así ha considerado a la enfermedad, debido a los niveles alarmantes y graves de propagación, que ha significado millones de contagiados a nivel mundial.


Esta pandemia ha afectado a nuestro país, con más de miles de personas contagiadas desde el 3 de marzo hasta la fecha, y cientos de fallecidos. El índice de contagios a nivel nacional ha aumentado a una velocidad alarmante, el que pareciera amainar en algunas partes del mundo que han entrado en las estaciones de primavera y verano. El problema de la velocidad en que se propaga el virus en ciertas regiones del país, especialmente en la Región Metropolitana, le significa una carga inmensa a la capacidad hospitalaria de los diversos recintos de salud. Esto, ha llevado a trasladar pacientes en aviones de la FACH, desde Santiago, a otras localidades, como Concepción.


Desde que se encendieron las alertas por la propagación mundial del virus, el Gobierno ha debido tomar distintas medidas para evitar su propagación y controlar la

pandemia. Entre las iniciativas preventivas que más han destacado está la declaración de alerta sanitaria, los cordones sanitarios, el “toque de queda” desde las 22:00 horas a las 5:00 horas todos los días en diversas regiones y la “cuarentena total”, que se decretó en un inicio, para 6 comunas de la Región Metropolitana.


Hoy en día, a pesar de las diversas medidas que se han tomado, la situación no ha dado tregua, teniendo cifras altísimas de contagios diarios, lo que ha llevado a endurecer las medidas restrictivas a la población, en especial de la Región Metropolitana por concentrar el mayor número de contagios a nivel nacional, decretando la cuarentena total para el “gran Santiago”, lo que significa que los habitantes de 38 comunas del país no podrán salir de sus casas. También se ha decidido paralizar las clases en todos los colegios del país, prohibir el acceso a espacios públicos a gente que no cuente con una mascarilla y decretar un confinamiento obligatorio a todos los mayores de 75 años del país.


También, a raíz de la pandemia, se ha comenzado a gestar una crisis económica bastante compleja, que ha significado un aumento de despidos a trabajadores, principalmente del sector de servicios administrativos, comercio, construcción, turismo y servicios de comida. Según los datos entregados por la Dirección del Trabajo, en lo que va de año se han recibido casi 300.000 cartas de despido. Lo anterior, debido a la paralización que ha afectado a gran parte del país y que ha significado que diversas empresas no puedan seguir operando.


Entre las medidas más gravosas para la ciudadanía y que son infinitamente necesarias para evitar el alto contagio del virus, está la restricción del derecho a circular libremente, lo que se ha mantenido desde el mes de marzo con “toque de queda”, debiendo las personas solicitar salvoconducto a través de la comisaría virtual o por medio de sus empleadores para asistir a sus puestos de trabajo. Lo mismo sucede para las zonas decretadas con cuarentena obligatoria, donde para poder salir del hogar es necesario un permiso otorgado por la plataforma web de carabineros, que habilita para hacer compras básicas, pasear a las mascotas, asistir a centros médicos, entre otros. Asimismo, se ha mencionado constantemente que aquella persona que no porte su permiso para circular por la vía pública al ser fiscalizado será conducido a un cuartel policial por infracciones a las normas del código sanitario y del código penal, estableciéndose altas multas, e incluso derivándose la causa al

Ministerio Público para su investigación en el caso de que la gravedad de los hechos así lo indiquen. Sin embargo, pareciera que estas limitaciones no han sido suficientes, como los casos de público conocimiento que se han mencionado en los medios de comunicación como fiestas masivas en las comunas de Maipú y Recoleta.


Así el ex Ministro de Salud Jaime Mañalich y el ahora recién entrante Ministro de Salud Enrique Paris, han insistido que el contagio es producto de la falta de responsabilidad de las personas al salir a las calles constantemente y sin la protección necesaria.1 No obstante, sabemos que la población tiene la necesidad imperiosa de trabajar, lo que les ha impedido realizar una cuarentena en casa, como se ha sugerido, debido a que necesitan llevar diariamente el alimento para sus familias. En el mismo sentido, y producto de la protesta en ciertas poblaciones como el caso de la comuna de El Bosque en mayo recién pasado y la falta de ingresos y apoyo estatal, se han habilitado una serie de Ollas Comunes o Comunitarias, y entrega de canastas de alimentos a las familias más vulnerables, no solo por parte de del Estado sino que además por iniciativa privada de organizaciones o personas particulares.


Frente a la incertidumbre de la población podemos ver, como los noticiarios, día tras día publican y comunican que la personas deben salir igualmente a las calles para trabajar principalmente, esto llevó a que con fecha 20 de junio de 2020 se publicara la ley n° 21.240 que modifica el código penal y la ley n° 20.393 para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia, que posee como principal argumento el aumento de casos y muertes por COVID-19, que no ha sido posible de contener.


Así las cosas, actualmente, las sanciones contempladas para el empleador que obligue a un trabajador a romper su aislamiento o cuarentena, son menores que las contempladas en los artículos 318 y 318 bis del Código Penal, lo que infringe, a todas luces, el principio de proporcionalidad de la pena, dada la precariedad laboral de los trabajadores de nuestro país, que se manifiesta en los altos índices de empleo informal y de desempleo. En esta línea, las penas contempladas para quien obligue a otro a romper su cuarentena o aislamiento deben, necesariamente, ser mayores



1 https://www.eldesconcierto.cl/2020/06/08/redes-falta-total-de-responsabilidad-y-autocritica-frase-de- manalich-en-reporte-diario-genero-ola-de-criticas/

que las contempladas para las personas naturales que se encuentren en el tipo penal que tratan los artículo 318 y 318 bis del Código Penal.


Asimismo, los actuales artículos 318 y 318 bis del Código Penal, no contemplan exenciones de responsabilidad penal particulares para el delito que ellos tratan. Esto, no generaría dificultades si en nuestro país la gente no se viera obligada a salir a trabajar durante la pandemia para poder vivir y alimentarse. Ahora, como lamentablemente la realidad nos ha demostrado que el apoyo estatal para las personas no ha sido suficiente, se hace menester integrar al articulado del Código Penal exenciones de la responsabilidad penal, para aquellos que se vean obligados a romper la cuarentena o aislamiento, para poder mantenerse durante la pandemia, entendiendo que los aportes que ha realizado el Estado no han sido suficientes.


También, bajo la redacción actual de los artículos en cuestión, nos encontramos con que no se contempla una exención de la responsabilidad penal para el trabajador que sea obligado a romper su aislamiento o cuarentena por su empleador, lo que sumado a la desproporcionalidad de las penas ya mencionadas, hace necesario modificar el Código Penal, y añadir, explícitamente, que el trabajador que sea obligado a romper su cuarentena o aislamiento por orden de su empleador no tendrá responsabilidad penal.


En el mismo sentido, el abogado y ex Fiscal Carlos Gajardo indicó: “esta ley no endurece las sanciones sino que abre posibilidades para reducir las penas en las situaciones más frecuentes y solo sube las penas en casos excepcionales. Para el porcentaje de casos que van a ser más del 90% de las sanciones, se le da la posibilidad al Ministerio Público de requerir en un procedimiento especial denominado monitorio, donde se permite que se suspenda la pena de multas de seis UTM. Por lo tanto, para la gran mayoría de los casos lo que se hace es disminuir las sanciones”.2








2 https://www.cnnchile.com/lodijeronencnn/entrevistas-covid-19-carlos-gajardo-ley-penas-altas- cuarentena_20200623/

Por ello también, es importante recalcar, que estas medidas punitivas deben ir acompañadas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR