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Modifica el Código Penal para establecer circunstancias agravantes en los delitos contra el orden y la seguridad pública, cometidos por particulares

Fecha07 Noviembre 2019
Fecha de registro07 Noviembre 2019
Número de Iniciativa13050-25
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Seguridad Ciudadana
Autor de la iniciativaColoma Alamos, Juan Antonio, Hoffmann Opazo, María José, Macaya Danús, Javier, Molina Magofke, Andrés, Pardo Sáinz, Luis, Schalper Sepúlveda, Diego
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley


Modifica el Código Penal para establecer circunstancias agravantes en los delitos contra el orden y la seguridad pública, cometidos por particulares


Boletín N° 13050-25


1.- Antecedentes


Las barricadas son construcciones improvisadas que tienen por finalidad alterar el normal funcionamiento de las ciudades, impedir o restringir el libre tránsito, y afectar el desenvolvimiento cotidiano de las personas.


Para la construcción de estas barricadas se ocupan toda clase de materiales: postes de luz, basureros, palos, neumáticos, señalética pública, semáforos, vehículos, muebles robados, etc. Todo esto provoca desórdenes públicos y graves e irreparables daños a la propiedad pública y privada.


Se dice que las barricadas nacieron en París alrededor del siglo XVI, y desde allí se fue extendiendo su uso en diversos lugares del mundo. El escritor francés Víctor Hugo (1802-1885) en su famosa novela Los Miserables (1862) nos da cuenta del origen de estas barricadas, señalando detalles sobre su construcción y posterior defensa. Pero lejos del romanticismo transmitido por el novelista, las barricadas son un medio ilegítimo de alteración de la tranquilidad y el orden público, que causa desórdenes públicos y daños a la propiedad.


Lo anterior queda claro si leemos el decreto N°472 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 19 de octubre de 2019, que declaró el estado de excepción constitucional de emergencia en la provincia de Santiago y Chacabuco, y las comunas de Puente Alto y de San Bernardo de la Región Metropolitana, que señala en sus considerandos preliminares lo siguiente:


(…) con esta fecha, han tenido lugar en diversos sectores de la Región Metropolitana múltiples atentados contra la propiedad pública y privada, especialmente contra medios de transporte público de pasajeros, lo que se ha materializado en la destrucción de buses y la total paralización de la red del Metro de Santiago, incluyéndose respecto de este último servicio la quema y destrucción de sus bienes e instalaciones en diversas estaciones, además de la quema, saqueo y destrucción de edificios y locales comerciales. Todo ello significó para la ciudadanía el no contar con medios de transporte para su normal desplazamiento a través de la región.


(…) de igual manera, se han desarrollado durante la jornada numerosas barricadas que han impedido la adecuada circulación de vehículos y personas a través de la ciudad, afectándose con ello la garantía de libre circulación de las personas”.


(…) todo lo anterior, representa una grave alteración del orden público, frente a la cual el Estado debe actuar con todos los medios disponibles, con el objeto de asegurar la integridad, seguridad y tranquilidad de sus habitantes, requiriéndose de medidas extraordinarias...

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