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Modifica el Código Penal para crear los delitos de inducción al suicidio y de inducción a la autolesión

Fecha04 Mayo 2017
Fecha de registro04 Mayo 2017
Número de Iniciativa11216-07
MateriaAUTOLESIÓN, INDUCCIÓN AL SUICIDIO
Autor de la iniciativaAndrade Lara, Osvaldo, Bellolio Avaria, Jaime, Ceroni Fuentes, Guillermo, Chahin Valenzuela, Fuad, Cornejo González, Aldo, Girardi Lavín, Cristina, Gutiérrez Gálvez, Hugo, Poblete Zapata, Roberto, Provoste Campillay, Yasna, Saffirio Espinoza, René
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley


Modifica el Código Penal para crear los delitos de inducción al suicidio y de inducción a la autolesión



Boletín N°11216-07

VISTOS:


Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.

CONSIDERANDO:


1° Que, como es de público conocimiento, en Chile existen figuras legales de delitos que ponen termino a la vida tales como el femicidio y el homicidio, sin embargo, nada dice respecto a nuevas formas de poner término a la vida de una persona mediante presiones ilegítimas de terceros; es el caso del suicidio asistido.

El suicidio no está sancionado en nuestra legislación pero, el término de la vida de una persona por sus propios medios, como consecuencia de haber sido sometido a presiones de distinta índole ocasionadas por un tercer interviniente, en Chile no está considerada como delito como sí los está en otros países del orbe.

El caso de la joven, Antonia Garros (23 años), fallecida el pasado 7 de febrero por un presunto suicidio, quien cayó desde el piso 13 de un edificio en Concepción generó una importante movilización que trajo de nuevo a la palestra el hostigamiento que muchas mujeres sufren en silencio hasta que éste termina en un crimen mayor o en la autoeliminación.

En este particular y bullado caso, las denuncia por violencia interpuesta por la víctima fue reconocida por su victimario, cada uno de los hechos por la víctima descritos, sin embargo, como se trataba de un pololeo y no de una relación de convivencia, no tuvo repercusiones para el agresor; nos referimos a hechos tales como los referidos por la madre1 de Antonia: “Estaba muy presionada. Los mensajes que él le mandaba por Facebook eran como ‘vente para acá que estoy aburrido’. Y ella partía. Siempre pidiéndole perdón. El 13 de agosto estaba sentada en su cama en el departamento viendo una de esas películas que él veía (…) y por un motivo que no recuerdo, él se molestó y le tiró agua de un jarro en la cabeza.

La convenció de que era fea, tonta y que no servía para nada”, por otro lado, le reclamaba sus atenciones constantemente y ella se desvivía por atenderlas.”

La Antonia quería seguir viviendo, tenía su ropa lista porque nos íbamos el jueves a Maitencillo. (…). Ella no quería morir. Él la enfermó”. Asimismo, su padre refiere: "inducción al homicidio la produjo él, tanto pegarle".

La venda empezó a caer de los ojos de Antonia el pasado mes de diciembre. En un nuevo y brutal episodio de violencia, Andrés le lanzó una patada al estómago y la echó de su departamento. La presencia de testigos y de cámaras motivó –y obligó– a la muchacha a presentar una denuncia por lesiones ante Carabineros.

Según la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, entre el 2010 y el 2012, el 16%2 de las mujeres que se suicidaron en Chile inició un juicio por violencia de pareja en el Ministerio Público.

2° Que, La violencia contra la mujer comprende un amplio tipo de abusos, que presenta como una de sus manifestaciones más extremas, el homicidio de la mujer o su suicidio provocado por una situación de violencia intolerable. Así ha sido afirmado por la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud3

En la legislación extranjera4 la intervención punitiva para sancionar la violencia contra la mujer, considera diversos tipos penales, entre los que se incluye la tipificación del delito de inducción al suicidio. Se distinguen básicamente dos modelos de regulación penal de la inducción al suicidio: (I) tipo penal general que puede ser aplicable a la violencia y; (II) tipo penal especial en el marco de la violencia.

3° Que, del análisis de legislaciones extranjeras5, se concluye que tanto países de tradición civilista (como España y otros latinoamericanos, entre ellos, Brasil, Colombia, México, Argentina y Nicaragua), como de tradición anglosajona (Estados Unidos de América y Reino Unido) han regulado el delito de inducción al suicidio como un tipo penal general, normalmente en sus Códigos Penales; en otros casos, como en El Salvador y Panamá, se consagra la figura como un tipo penal especial en el marco de la legislación contra la violencia de género. El Salvador lo contempla en la ley especial para una vida libre de violencia para las mujeres, mientras que Panamá, en su Código Penal.

Además, en la actualidad se están generando otros fenómenos como el denominado desafío de la “Ballena Azul”, un macabro6 reto busca el suicidio de niños y adolescentes que en 50 días deben preparar su muerte con laceraciones en su cuerpo.

En Chile, el primer caso se registró el miércoles 26 de abril de 2017 en Antofagasta, donde una menor de 12 años estuvo a punto de alcanzar el punto cinco hasta que su madre la descubrió.

Las cincuenta etapas constan de lo siguiente:

Día 1: Córtate con un cuchillo escribiendo "f57" en tu mano y luego enviarle la foto al administrador del grupo de Facebook o de Whatsapp que te invitó.

Día 2: Levántate a las 4.20 am y mira los videos de terror y psicodélicos que el administrador te envía.

Día 3: Córtate en los brazos con una hoja de afeitar a lo largo de las venas, pero no muy profundo. Hacer sólo 3 cortes y enviarle la foto al administrador.

Día 4: Dibuja una ballena en una hoja de papel y envíasela al administrador.

Día 5: Si estás listo para "convertirte en ballena" escribe "SI" con un cuchillo en tu pierna. Si no estás listo, córtate a ti mismo varias veces. Castígate.

Día 6: Desafío enviado mediante un método cifrado.

Día 7: Córtate con un cuchillo escribiendo "f40" en tu mano y luego enviarle la foto al administrador.

Día 8: Escribe "i_am_whale" en tu estado de perfil (algo así como yo_soy_ballena).

Día 9: Tienes que vencer tus miedos.

Día 10: Levántate a las 4:20 am y dirígete a un techo (mientras más alto mejor).

Día 11: Córtate con un cuchillo y dibuja una ballena en la mano. Envíale la foto al administrador.

Día 12: Mira videos de terror y psicodélicos por todo un día.

Día 13: Escucha la música que los administradores te envían.

Día 14: Corta tu labio.

Día 15: Pincha tu mano con un alfiler muchas veces.

Día 16: Házte algo doloroso a ti mismo, ponte enfermo.

Día 17: Anda al techo más alto que puedas encontrar, párate en el borde durante un rato.

Día 18: Dirígete a un puente y párate en el borde.

Día 19: Escala una grúa o al menos intenta hacerlo.

Día 20: El administrador hace alguna prueba para ver si eres una persona confiable.

Día 21: Tener una conversación con "una ballena" (otro jugador o el mismo administrador) por Skype.

Día 22: Ve a un techo, siéntate en el borde con las piernas colgando.

Día 23: Otra prueba enviada cifrada.

Día 24: Tarea secreta.

Día 25: Reúnete con "una ballena".

Día 26: El administrador te dirá la fecha de tu muerte, la debes aceptar.

Día 27: Levántate a las 4:20 y anda a las vías del tren (visita cualquier línea del tren que puedas encontrar).

Día 28: No hables con nadie durante todo el día.

Día 29:Alardea que "eres una ballena".

Día 30 a 49: Todos los días levántate a las 4:20 am, mira videos de terror, escucha música que te envían los administradores, házte un corte al día y habla con "una ballena".

Día 50: Salta desde un edificio alto. Quítate la vida.

Por otra parte, fenómenos similares y cuyas consecuencias quedan sin efectos punibles son aquellos que incentivan las sectas en Chile, al menos, en lo que a inducción a laceraciones y suicidio se trata.

Un interesante artículo7 establece que el Grupo de Análisis e Intervención Antisectas de la PDI ha detectado en Chile del orden de 340 organizaciones sectarias y que de ellas 80 son de carácter peligro.

El sociólogo Mauro Basaure, indicó que “lo que pasa con estos grupos es que realizan una propuesta de sentido, donde hay una verdad que generalmente está revelada en la figura del líder”.

El experto señaló8 que el líder se “apropia” de la voluntad de sus seguidores pues “se desarraiga de todos los vínculos, familia y amigos. Entonces, esta se convierte en su nueva y única familia”.

Es aquí en donde opera la inducción a causarse lesiones o la propia muerte pero, como no ha “intervenido materialmente” este líder o tercero, no se puede hablar de homicidio sino que se habla de suicidio, sin embargo, el instigador de estas laceraciones o fallecimientos, en este tipo de fenómenos, siempre tiene nombre y apellido, lo que sucede es que no tenemos la herramienta legal para sancionarlo penalmente por estas inducciones.

4° Que, para mayor abundamiento En el modelo de protección penal común se destacan las siguientes...

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