Modifica el Código Penal, para agravar las penas aplicables a los delitos contra la integridad sexual, cometidos por facultativos en el contexto de procedimientos o tratamientos de salud física o psicológica
Fecha | 28 Enero 2021 |
Fecha de registro | 28 Enero 2021 |
Número de Iniciativa | 14043-07 |
Autor de la iniciativa | Auth Stewart, Pepe, Bianchi Retamales, Karim, Jarpa Wevar, Carlos Abel, Meza Moncada, Fernando, Velásquez Seguel, Pedro |
Materia | DELITO CONTRA LA INTEGRACIÓN SEXUAL, DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara de Diputados
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE AFECTACIÓN DE
LA INTEGRIDAD SEXUAL POR PARTE DE FACULTATIVOS DE SALUD FÍSICA Y/O
PSICOLÓGICA
Vistos:
Diputados.
Considerando:
1.- Es de público conocimiento los efectos nocivos que ha traído consigo el Covid -19 a nuestro país
y al mundo. No solo en materia de afectación a la salud, sino que también en materia social.
2.- La afectación de la salud relacionada con los padecimientos propios del covid, se ve
incrementada además por las afecciones psicológicas que implican las medidas restrictivas en
cuanto al confinamiento; a las situaciones de estrés que generan las complicaciones económicas;
las preocupaciones propias de la mantención de los niños en la casa debido a la suspensión de
clases, como por ejemplo la falta de redes de apoyo para cuidarlos; el teletrabajo; episodios de
violencia intrafamiliar, entre otros. En este último caso las cifras son altamente preocupantes
registrándose un alza de durante los primeros meses de pandemia
3.- Ante lo anterior y bajo el contexto actual muchas personas optan por acudir a apoyo profesional
para poder sobrellevar los efectos propios de la pandemia y también para superar otros episodios de
crisis emocionales o traumas y por ello es fundamental que el acceso a este importante tratamiento
se haga con garantías de respeto de sus derechos fundamentales considerando la situación de
vulnerabilidad en que pudieran encontrarse, sobre todo cuando hablamos de situaciones que
pudieran afectar la esfera sexual de las y los pacientes, dada la situación de poder en que se
encuentra el profesional de la salud respecto del paciente.
4.- Con base a lo dicho distintos cuerpos ético-normativos de colegios profesionales reconocen las
prácticas sexuales en relaciones de poder como prácticas abusivas.
28-01-2021
11:21
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