Modifica la Carta Fundamental en lo relativo a las atribuciones del Tribunal Constitucional.
Fecha | 03 Enero 2018 |
Número de Iniciativa | 11560-07 |
Fecha de registro | 03 Enero 2018 |
Materia | CONGRESO NACIONAL, TRIBUNAL CONSTITUCIONAL |
Autor de la iniciativa | Allende Bussi, Isabel, De Urresti Longton, Alfonso, Letelier Morel, Juan Pablo |
Etapa | Primer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Reforma constitucional |
Cámara Legislativa de Origen | Senado,Moción |
Proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Allende y señores De Urresti y Letelier, que modifica la Carta Fundamental en lo relativo a las atribuciones del Tribunal Constitucional.
I. Fundamento
La crisis de representatividad por la que atraviesa nuestro país puede ser explicada a partir de diversas causas. Sin embargo, un elemento común a la mayoría de dichas explicaciones se encuentra en el diseño de los mecanismos contramayoritarios que dispone nuestra Constitución. Aunque es ampliamente reconocido por toda la doctrina constitucional que algunos de estos elementos son necesarios para preservar la supremacía constitucional, se trata de un equilibrio muy delicado.
En los últimos años, las atribuciones del Tribunal Constitucional, y la particular forma en que éste las ha interpretado y ejercido, han causado una profunda preocupación y malestar en la ciudadanía. Ésta ha visto amenazados algunos de sus derechos más vitales por la práctica sistemática de la minoría parlamentaria de recurrir la sede constitucional cuando su opinión no prevalece en el Congreso Nacional, pero también por el ejercicio de sus atribuciones de oficio. Sólo por mencionar algunos casos, podemos recordar los conflictos respecto de la distribución de la píldora del día después, la reforma al sistema binominal, la más reciente reforma laboral, la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales y, durante los últimos días, la reforma al Servicio Nacional del Consumidor.
Respecto de este último caso, hemos tomado conocimiento de que el Tribunal Constitucional ha decidido coartar las atribuciones que este Congreso Nacional ha decidido dar a este servicio en materia sancionatoria, lo cual es un contrasentido considerando los 3 años de discusión parlamentaria.
Este estado de cosas pone en riesgo nuestra democracia, ya que el Tribunal tiene atribuciones que vulneran las funciones del poder legislativo, que tiene como principal objeto la creación de leyes.
Asimismo, creemos indispensable avanzar en que el Tribunal Constitucional actúe verdaderamente como un guardián de la Constitución y no se ponga al margen de lo que la Constitución misma manda.
El proyecto de reforma constitucional que sometemos a vuestra consideración introduce dos modificaciones que tienen como propósito hacer del Tribunal Constitucional un órgano que vele por la supremacía constitucional sin desmedrar la legitimidad del proceso de creación de la ley y sin ponerse, él mismo, al margen de las atribuciones que la Carta Fundamental le...
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