Modifica la Carta Fundamental para regular la reelección y remoción por referéndum revocatorio de las autoridades políticas que indica, así como también la renuncia y fuero parlamentario, y el plebiscito en determinadas materias. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914505237

Modifica la Carta Fundamental para regular la reelección y remoción por referéndum revocatorio de las autoridades políticas que indica, así como también la renuncia y fuero parlamentario, y el plebiscito en determinadas materias.

Fecha05 Julio 2018
Número de Iniciativa11884-07
Fecha de registro05 Julio 2018
Autor de la iniciativaAlinco Bustos, René, Carvajal Ambiado, Loreto, Celis Araya, Ricardo, Girardi Lavín, Cristina, González Torres, Rodrigo, Jiménez Fuentes, Tucapel, Marzán Pinto, Carolina, Santibáñez Novoa, Marisela
MateriaREELECCIÓN DE AUTORIDADES, REGULACIÓN
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción


Modifica la Carta Fundamental para regular la reelección y remoción por referéndum revocatorio de las autoridades políticas que indica, así como también la renuncia y fuero parlamentario, y el plebiscito en determinadas materias


Boletín N°11884-07

Nuestra democracia ha venido experimentando en los últimos años una creciente falta de compromiso cívico de los ciudadanos. Con preocupación, es posible observar que el porcentaje de participación ciudadana en los últimos procesos eleccionarios celebrados en Chile no ha superado el cincuenta por ciento. En la última elección presidencial y de parlamentarios, de un total de 14.347.288 chilenos habilitados para sufragar, alrededor de 7.032.878 ejercieron su derecho a voto, lo que nos ubica entre los países del mundo con menor participación electoral promedio (Informe PNUD Diagnóstico sobre la participación electoral en Chile, 2017).

La participación ciudadana es un elemento fundamental para sostener la democracia. Sólo la participación de los ciudadanos garantiza la solidez y la estabilidad de sus instituciones. La democracia se fortalece en la medida que los ciudadanos participan del proceso de elección de sus autoridades y ejercen los mecanismos que consagra el ordenamiento jurídico para el adecuado control de quienes detentan del poder.

Nuestro sistema político se ha caracterizado históricamente por dotar al país de una estabilidad institucional y una gobernanza permanente en el tiempo, pero ha fallado en permitir a la ciudadanía una mayor participación en el proceso de toma de decisiones y garantizar la máxima transparencia, ausencia de privilegios y “accountability“ de sus representantes. En este sentido, se ha venido debatiendo sobre la necesidad de incorporar a todos los sectores de la sociedad en la búsqueda de soluciones y en la toma de decisiones con relación a los distintos problemas que enfrenta la nación, así como en la eliminación de “corazas” de protección que hacen intocables y lejanas a las autoridades elegidas y a los poderes públicos en general.

Un obstáculo para la participación ciudadana lo constituyen ciertos mecanismos institucionales que de alguna manera han entronizado a una clase política en el poder, dificultando la entrada de nuevos actores políticos y volviendo invulnerables a quienes ostentan cargos de representación popular.

Por ello, para perfeccionar la transparencia , evitar el excesivo tiempo en los cargos, asegurar que los representantes están sometidos al escrutinio permanente de los ciudadanos y sean responsables ética e institucionalmente ante sus electores, dar fluidez al sistema político y garantizar la rendición de cuentas de ellos ante los ciudadanos, es necesario eliminar todos los mecanismos de protección y garantizar a la ciudadanía que sus representantes sean accesibles, puedan ser cuestionados por acciones impropias y no se encuentren “apernados” en sus cargos bajo ninguna forma o pretexto.

En este sentido, los firmantes hemos querido centrar nuestra propuesta de reforma constitucional en cinco aspectos: límite a la reelección indefinida por un período adicional, referéndum revocatorio, término del fuero parlamentario, la renuncia voluntaria a los cargos de elección popular y plebiscito sobre materia de especial trascendencia, que a continuación se indica:

1.- LIMITE A LA REELECCIÓN, POR UN PERÍODO ADICIONAL, A LOS CARGOS SENADOR, DIPUTADO, GOBERNADOR REGIONAL, CONSEJERO REGIONAL, ALCALDE Y CONCEJAL.

El debate en torno a la reelección de las autoridades políticas ha enfrentado diversas posiciones. Quienes favorecen la reelección señalan que ésta permite una mayor responsabilidad de las autoridades frente al electorado ya que quienes aspiran a la reelección estarían más atentos a las preferencias de los ciudadanos y a responder ante ellos. También se señala que la reelección indefinida permitiría una profesionalización de la actividad, promoviendo una mayor estabilidad política.

Quienes, por el contrario, sostienen la prohibición de la reelección indefinida señalan que ésta favorece el abuso del poder y la perpetuación en el cargo, así como la conformación de una clase política que al no renovarse se torna menos permeable a las demandas e inquietudes ciudadanas, se acostumbra a privilegios y se torna resistente a la exigencia de reformas políticas necesarias para el perfeccionamiento permanente de la democracia.

Los firmantes, en relación a la limitación de la reelección a los cargos de elección popular que indica a un período adicional únicamente, además de compartir los argumentos favorables a dicha limitación, estimamos que ello permitiría una rotación y una oxigenación necesaria de la actividad política, fomentando de esta manera el interés ciudadano por participar en procesos de elección de dichos cargos.

Cabe señalar que en esta materia han sido presentados diversos proyectos de reforma constitucional tendientes a limitar la reelección de las autoridades electas por votación popular. Uno de dicho proyectos (boletines N°s 4.115-07, 4.499-07, 8.221-07, 7.888-07, 4.701-07 y 4.891-07, refundidos), ya fue aprobado en primer trámite constitucional por la Cámara de Diputados, encontrándose ahora en el senado, el cual comprende la reelección de los senadores por una vez, de los diputados hasta por dos veces sucesivas, de los alcaldes hasta por dos veces sucesivas y de los concejales hasta por dos veces consecutivas. Cabe señalar que dicho proyecto no tiene movimiento desde junio de 2015.

En consecuencia, mediante el presente proyecto de reforma constitucional se propone limitar aún más la reelección únicamente a un período adicional, a los cargos de Senador Diputado, Gobernador Regional, Consejero Regional, Alcalde y Concejal.1

2.- REFERENDUM REVOCATORIO DE LOS CARGOS DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SENADOR, DIPUTADO, GOBERNADOR REGIONAL, CONSEJERO REGIONAL, ALCALDE Y CONCEJAL.

A partir de nuestra independencia nacional, Chile adoptó el modelo democrático representativo de gobierno, conforme al cual, la soberanía reside en la nación y se ejerce por el pueblo a través de las elecciones periódicas, directamente a través del plebiscito e indirectamente por las autoridades que la Constitución establece.

La legitimidad de la democracia representativa ha sido objeto de debate en el mundo, pues se le ha cuestionado la falta de mecanismos que permitan una mayor participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y se ha ido debilitando la confianza ciudadana en la permeabilidad y accesibilidad de las instituciones para realizar cambios necesarios en función del interés general y de las nuevas aspiraciones y demandas ciudadanas.

Se ha dicho que mayores niveles de participación política, así como la renovación de sus autoridades permitirían que los ciudadanos puedan desarrollar una mejor percepción de las autoridades gubernativas y legislativas, fortaleciendo el régimen democrático.

En este sentido, diversas naciones han introducido los denominados “mecanismos de democracia directa” que ayudarían a fomentar una mayor participación ciudadana, el cumplimiento de las promesas de los candidatos y el incentivo permanente para los elegidos de responder a la confianza que los ciudadanos les entregan como representantes.

Uno de dichos mecanismos es el “referéndum revocatorio” o “recall”, cuya finalidad es la remoción de una autoridad electa por la ciudadanía, mediante un reférendum.

Mediante el presente proyecto de reforma constitucional, se propone agregar un nuevo capítulo XVI a la Carta Fundamental, permitiendo que los ciudadanos puedan promover la revocación del mandato del Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales, mediante referéndum, bajo precisas condiciones que le den legitimidad y eviten el abuso de la institución.2

3.- TÉRMINO DEL FUERO PARLAMENTARIO

El fuero parlamentario, la inviolabilidad y la dieta constituyen los tres privilegios parlamentarios que consagra nuestra Constitución, en favor de los senadores y diputados.

El artículo 61 de la Constitución Política regula el denominado "fuero parlamentario", conforme al cual, diputados y senadores, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa.

El fuero parlamentario, consagrado a partir de la Constitución Política de 1833, fue establecido con el objeto que nuestros representantes no se vieran expuestos a demandas y querellas que tuvieran como único objetivo perseguir fines políticos, afectando con ello la labor parlamentaria.

Sin embargo, para una mayoría, el fuero significa un privilegio que impide que los parlamentarios enfrenten la justicia en igualdad de condiciones que todos los ciudadanos, por lo que significaría un factor de desigualdad ante la ley y en el acceso a la justicia, que hoy no tiene justificación sostener.

Por otra parte, los hechos de corrupción ocurridos en los últimos años y que han afectado a diversas personalidades públicas y privadas, incluyendo a varios parlamentarios, obligan a replantear si se justifica mantener este privilegio.

En consecuencia, los diputados firmantes proponemos, mediante el presente proyecto de reforma constitucional, eliminar el fuero parlamentario, derogando para...

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