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Modifica la Carta Fundamental para reconocer validez al voto en blanco en elecciones populares

Fecha20 Septiembre 2017
Fecha de registro20 Septiembre 2017
Número de Iniciativa11453-07
Autor de la iniciativaBoric Font, Gabriel, Jackson Drago, Giorgio
MateriaELECCIÓN POPULAR, VOTOS EN BLANCO
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional

Modifica la Carta Fundamental para reconocer validez al voto en blanco en elecciones populares

Boletín N°11453-07

[L]os políticos prefieren la abstención al voto en blanco. Con la abstención han vivido siempre y han encontrado una forma de justificarlo todo.

José Saramago1

Antecedentes:

Los siguientes antecedentes buscan dar una visión comparada de los mecanismos institucionales de expresión de disconformidad con las alternativas propuestas en votaciones populares y de elecciones de representantes en diversas democracias, como también exponer algunos de los fundamentos teóricos en tornos a dichas expresiones. En particular se aborda el voto blanco, su valor y sus formas de incorporación institucional.


  1. Experiencia comparada:


El fenómeno de los votos inválidos es uno de creciente magnitud en el mundo como se expresa en el siguiente cuadro:


Fuente: “Data on Voter Turnout since 1945.” http://www.idea.int/vt/viewdata.cfm. Institute for Democracy and Electoral Assistance, 2013. en Superti. The Blank and Null Vote: An Alternative Form of Democratic Protest?


A pesar de ello, la recepción institucional más difundida sigue siendo considerar el voto blanco y el nulo como votos inválidos e insignificantes para los resultados electorales, siendo descontados para los cálculos de los mismos. Éste es el caso actual de Chile.


Existen, por otro lado, ciertos casos en los que el voto no convencional tiene recepción institucional como en las democracias que continuación se exponen:


  1. Colombia


El país más emblemático en torno al tema del voto blanco es Colombia. Allí inicialmente se partió por reconocer el valor del voto blanco sin mayores consecuencias (Ley 28 de 1979), luego que se contabilizaría para efectos del cuociente electoral de distribución de escaños (Decreto 2.241 de 1986), luego se estableció que si los blancos eran mayoría absoluta en los cargos de representación uninominal se repetía la elección (Acto Legislativo 1 de 2003), luego que bastaba que fuesen la primera mayoría relativa (Acto Legislativo 1 de 2009) y recientemente se agregó la posibilidad de promover el voto blanco formalmente, incluso con financiamiento estatal (Ley 1.475 de 2011). Para que tenga dicho efecto debe marcarse la casilla “voto blanco”, no dejarse sin marcar nada en la papeleta como en el caso de nuestro país.


El contenido consagrado en la Constitución Colombiana respecto del derecho a voto es bastante regulativo, especificando por ejemplo la existencia de cubículos individuales de votación y la posibilidad del voto electrónico.


En cuanto al voto blanco, el parágrafo 1 del artículo 258 establece que si los votos en blanco alcanzaren la mayoría, la elección deberá repetirse por una sola vez. En las elecciones unipersonales no podrán presentarse los candidatos que hubiesen participado de la primera votación, como tampoco podrán hacerlo en las elecciones plurinominales las listas que no hayan alcanzado un determinado umbral.


La elección de alcalde de Bello en el departamento de Antioquia en el año 2011 fue repetida mediante este mecanismo. En la primera votación, el voto blanco ganó al candidato único en competencia2. En la segunda votación se presentaron tres candidatos y si bien el voto blanco representó solo un 5% de las preferencias, la participación electoral fue de un 26%.


Desde ese mismo año la ley contempla un mecanismo para permitir la promoción del voto en blanco, con financiamiento estatal y cobertura mediática. Para ello debe conformarse un comité promotor, que se inscribe ante el organismo electoral. Los partidos y movimientos pueden también, por decisión de sus órganos de acuerdo a sus estatutos, promover el voto blanco para cargos determinados, caso para el cual no podrán presentar candidaturas ni formar parte de coaliciones.



  1. Rusia3


Desde el fin de la Unión Soviética, Rusia incorporó cada vez con mayor relevancia la posibilidad de votar “contra todos”, como una casilla especial destinada al efecto. Esto se incorporó tanto en la elección plurinominal como uninominal de representantes al parlamento, como en las elecciones presidenciales.


Inicialmente, solo existió para efectos de conteo, pero luego se le dio un valor al voto “contra todos”. Adicionalmente, para cada elección se fijaba un quórum de validez (generalmente cercano al 50%). Desde 1997, la elección se consideraba inválida tanto si no se alcanzaba el quórum, como si el voto contra todos los candidatos era mayor que el candidato que obtuviera la primera mayoría.4


Como resultado, en la elección del Duma de 2003 cerca de tres millones de personas votaron “contra todos”, quedando sólo cuatro listas partidistas por encima de esta preferencia. En la votación unipersonal de representantes, más de 7 millones, equivalentes el 13%, alcanzando solo un partido una votación agregada mayor que ésta. En todo caso, el voto “contra todos” en las elecciones presidenciales no ha superado el 3,5% en primera vuelta y el 4,8% en ballotage.


Luego de las elecciones de 2004, esta normativa fue derogada.



  1. Perú


En Perú el voto blanco y el viciado (categoría similar a nuestro voto nulo), se contabilizan para efectos electorales. Si dichos votos alcanzan los &8532; de los emitidos en una circunscripción, se declara allí la nulidad del proceso electoral.5 Anteriormente, existía una norma adicional que determinaba que si dicha(s) circunscripción(es) en conjunto representaban &8531; de la votación nacional, se anulaba el proceso electoral completo.6


Los resultados más llamativos en este sentido han sido las elecciones presidenciales de 2011, en que hubo campaña (informal) a favor de viciar el voto, obteniendo en total los viciados y blancos en primera vuelta un 11% y en la segunda un 3%.



  1. España


En España los votos blancos se contabilizan y, por ser un sistema parlamentario, inciden principalmente en la posibilidad de las listas pequeñas de alcanzar el umbral mínimo de votación requerida.


En las elecciones de 2013, aproximadamente 300.000 personas votaron nulo y una cifra similar lo hizo en blanco, mientras que casi 100.000 lo hicieron por el partido Escaños en Blanco, una colectividad que a nivel local y a nivel europeo ha promovido que sus representantes electos no hagan asunción del cargo y no lo ejerzan. Su mayor éxito electoral ha sido la obtención de tres concejalías en 2011 e instalándose como la primera fuerza extraparlamentaria en las elecciones de 2012 en Asturias.



  1. Otros votos de protesta


Algunos estados de EE.UU. tiene la posibilidad de escribir un nombre libremente en un espacio dejado al efecto.


En Suecia y Noruega se puede tomar una papeleta previamente marcada o una papeleta en blanco, la cual puede dejarse así -lo cual invalida el voto- o escribirse a mano el nombre del partido por el que se quiere votar.


En Ontario, Manitoba y Alberta, Canadá, existe la posibilidad de “renunciar al voto”, concurriendo al local de votación y manifestando expresamente su intención de no votar. Esta manifestación de voluntad es pública, a diferencia del voto blanco, y se rechaza oralmente o devolviendo físicamente la cédula...

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